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Ratifica TEPJF multa de $6 millones al PRI por préstamo a la CNC



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Jueves 04 de Agosto de 2016 3:33 pm

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Se le descontarán de sus prerrogativas mensuales; vulneró el PRI su función, al fungir como institución de crédito; se encontraba obligado a justificar el fin partidista, dijo el organismo jurisdiccional


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la multa de 6 millones de pesos, que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al PRI en Colima.

Lo anterior, debido al préstamo por los mismos 6 millones de pesos que ese instituto político otorgó, en 2014, a la Confederación Nacional Campesina (CNC).

Desde el 13 de julio, el TEPJF resolvió el expediente SUP-RAP-184-2016, consistente en la apelación del PRI a la sanción impuesta por el Consejo General del INE, el 30 de marzo de 2016.

En esa fecha, los consejeros electorales decidieron ratificar la multa impuesta al PRI en Colima, debido al préstamo que el entonces dirigente priista, Francisco Ánzar Herrera, otorgó a la CNC colimense.

Al revisar la impugnación, los magistrados consideraron que con ese empréstito, “se vulneró el bien jurídico relativo a evitar que los partidos políticos desvíen su actividad de los fines que constitucionalmente tienen encomendados”.

Indicaron que “el préstamo otorgado a la asociación civil de referencia, implicó que los recursos del partido político se sustrajeran de su patrimonio, y con ello, se impidió que se ejercieran durante el periodo anual 2014”.

En su dictamen, el organismo jurisdiccional detalló que la infracción del PRI consistió en no justificar la aplicación de los recursos preponderantemente públicos de que dispone, no en la obtención de un beneficio económico.

Los integrantes del TEPJF añaden que “el partido político se encontraba obligado a justificar, debidamente, el objeto partidista de los recursos aplicados al préstamo mencionado”.

Subrayan que dentro de las obligaciones y fines de los partidos políticos, no se encuentra el de fungir como instituciones de crédito, por lo que dicho uso de los recursos, se encuentra al margen de la regularidad constitucional y legal.

Enfatiza el resolutivo que los recursos se encuentran condicionados a los fines y obligaciones de los partidos políticos, de tal manera que sólo puede ser empleado para aquellas actividades relacionadas con esas actividades.

Insiste en que el PRI fue omiso en justificar el objeto partidista de los recursos empleados en el préstamo de referencia, por lo que la sanción resulta conforme a derecho, precisamente porque la falta implicó el indebido manejo de los recursos de que dispone.

Subrayó que “los 6 millones de pesos se utilizaron durante el ejercicio anual dos mil catorce para un fin distinto a aquellos que válidamente pueden perseguir los partidos políticos”.

Debido a lo anterior, el TEPJF ratificó la multa que el INE impuso al PRI, consistente en 6 millones de pesos, mismos que serán descontados dela ministración mensual del financiamiento público que corresponde a ese partido.

El órgano jurisdiccional consideró que la cantidad que se impuso como multa al recurrente, no afecta sustancialmente el desarrollo de sus actividades ordinarias.

El resolutivo completo se encuentra en la página

http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias.asp.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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