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Sancionará Congreso local al alcalde Rafael Mendoza por delitos electorales



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Viernes 24 de Febrero de 2017 12:03 am

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El sábado por la tarde, se erigirá en jurado de procedencia para resolver juicio político contra el alcalde de Cuauhtémoc; la Ley establece sólo dos sanciones, destitución o inhabilitación; el TEPJF ya lo encontró culpable, desde el 2016


El Congreso del Estado se erigirá en Jurado de Procedencia este sábado 25 de febrero, con el objetivo de resolver el juicio político que se sigue al presidente municipal de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, por la comisión de probables delitos electorales.

La sesión, misma que será secreta, se realizará en la sede del Poder Legislativo a partir de las 7 de la tarde, según la convocatoria que se dio a conocer ayer, al término de la sesión ordinaria.

En febrero del año pasado, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) encontró a Rafael Mendoza Godínez responsable de la comisión de delitos electorales.

Lo anterior, debido a que el alcalde de Cuauhtémoc participó en eventos proselitistas del entonces candidato del PAN a la gubernatura, Jorge Luis Preciado Rodríguez, los días 9 y 11 de enero del 2016.

Tras la resolución, el TEPJF “ordenó dar vista al Congreso del Estado de Colima con motivo de la responsabilidad del presidente municipal de Cuauhtémoc, para que en el ámbito de sus atribuciones proceda conforme a derecho”.

Ayer, ya para concluir la sesión ordinaria del Congreso del Estado, el presidente de la mesa directiva, Nicolás Contreras Cortés, realizó el anuncio respecto a este caso.

Detalló que el presidente de la Comisión de Responsabilidades, Riult Rivera Gutiérrez, entregó las conclusiones acusatorias respecto al expediente de juicio político 14/2016, iniciado contra Rafael Mendoza.

Junto con el expediente concluido, se recibió la solicitud para que se convoque a una sesión ordinaria, en la cual el Congreso del Estado se erigirá en jurado de procedencia.

Por lo anterior, tal sesión fue convocada para realizarse este sábado a partir de las 7 de la tarde, con carácter de secreta, tal como lo permite la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Entrevistado al respecto, el diputado Riult Rivera remembró que desde febrero pasado, la Sala Especializada del TEPJF les remitió la sentencia respecto a la participación de Rafael Mendoza en actos proselitistas.

Dicha sentencia señala al alcalde de Cuauhtémoc como responsable de intervenir en la campaña del entonces candidato a gobernador, Jorge Luis Preciado Rodríguez.

El resolutivo declaró “la existencia de la violación al principio de imparcialidad establecido en el artículo 134 de la Constitución Federal, por dos razones: la primera, la asistencia del servidor público municipal al evento el sábado 9 de enero, por utilizar su cargo e investidura pública para favorecer la candidatura de Preciado Rodríguez; y la segunda, la asistencia al evento del lunes 11 de enero, que conllevó que el denunciado se distrajera de sus actividades laborales para acudir a un acto proselitista”.

El artículo 8 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, señala que “si la resolución que se dicte en el Juicio Político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución”.

Añade dicho articulado que “podrá imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta catorce años”.

Mientras que el artículo 10 establece que “corresponde al Congreso del Estado instruir el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano de acusación, y al Supremo Tribunal de Justicia del Estado fungir como Jurado de sentencia”.

Lo anterior implica que una vez aprobado el dictamen de la Comisión de Responsabilidades, con las conclusiones correspondientes, se turnará al STJE para la imposición de la sanción y ejecución.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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