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Avanza en comisiones del Senado nueva ley contra la tortura



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Martes 25 de Abril de 2017 9:44 pm

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Se aprobó el dictamen que expide la Ley General para Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, misma que prohíbe este tipo de prácticas.


Las comisiones unidas de Derechos Humanos y Gobernación del Senado aprobaron el dictamen que expide la Ley General para Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, misma que prohíbe este tipo de prácticas.

El dictamen, que se prevé sea discutido en la sesión ordinaria del miércoles en el Senado para su aprobación, establece que carece de validez como prueba una confesión obtenida bajo tortura y ésta se persigue de oficio, además de que se suspende del cargo al funcionario acusado de esa práctica.

Se incluye la tentativa de tortura cuando se exteriorice la intención de cometer el delito o este se lleve a cabo en parte y no se consume por causas ajenas a la voluntad del agente; asimismo se agregó que para imponer la pena de tentativa, el juez considerará el mayor o menor grado de aproximación al ilícito.

Asimismo se anexó que los dictámenes médicos y psicológicos realizados por peritos independientes serán admitidos como pruebas y valorados en igualdad de condiciones que los presentados por los peritos oficiales.

Dichos cambios se suman la pena de 10 a 20 años de cárcel para los servidores públicos y de seis a 12 años para los particulares, y ésta se puede aumentar hasta la mitad si la víctima es menor de edad, persona con discapacidad, adulto mayor indígena, periodista, afro descendiente u otro sujeto con mayor vulnerabilidad.

La investigación, procesamiento y sanción de lo relativo a la tortura será siempre por jurisdicción civil, de manera que excluye la jurisdicción militar.

Establece coordinación y competencia entre los tres órdenes de gobierno evitándose así omisiones o imprecisiones; se establece también que la investigación y persecución del delito de tortura es de oficio, además de por denuncia o vista de la autoridad judicial, y que su sanción es imprescriptible.

Asimismo se incluye que durante la investigación del delito de tortura se separe cautelarmente al servidor público investigado para que no obstruya a la justicia, y las personas que hayan cometido ése delito nunca podrán beneficiarse de indulto o amnistía.

Se obliga a las entidades federativas a contar con fiscalías especiales que investiguen los delitos relacionados con la tortura, al tiempo que robustece la competencia de la federación y precisa que las declaraciones o entrevistas de las víctimas deberán registrarse por cualquier medio, brindado certeza respecto de las personas que intervinieron en los cuestionamientos.

De acuerdo con el dictamen avalado en comisiones, se creará el Registro Nacional de Información, lo que permitirá contar con datos y estadísticas sobre los casos de tortura y otros tratos crueles.

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