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Quitan el delito de calumnia del Código Penal de Colima



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Sábado 25 de Agosto de 2018 6:45 pm

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El Congreso local derogó del Código Penal para el Estado de Colima el delito de calumnia, por considerar que éste limita la libertad de expresión y predispone una amenaza para quienes ejercen la labor periodística.


El Congreso local derogó del Código Penal para el Estado de Colima el delito de calumnia, por considerar que éste limita la libertad de expresión y predispone una amenaza para quienes ejercen la labor periodística.

Para la derogación de ese tipo penal, cuya iniciadora fue la Diputada Martha Sosa Govea, se consideró que esa figura transgrede lo establecido en el párrafo primero del artículo sexto de la Constitución Mexicana.

Ese numeral de la Carta Magna señala que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.

Antes de la derogación, el Código Penal para el Estado de Colima señalaba: “Calumnia. Artículo 222.- Al que impute falsamente a otro un hecho que la ley califique como delito, a sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es responsable del mismo, se le impondrá prisión de dos a cinco años y multa por un importe equivalente de cincuenta a cien días de salario mínimo”.

Cuando presentó la iniciativa de derogación del delito de calumnia, Sosa Govea citó a la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos, al señalar que los delitos contra el honor, como el derogado, son frecuentemente utilizados para acallar la crítica a través de la intimidación.

A favor de retirar la calumnia del Código Penal, la Comisión dictaminadora, la de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, estimó que  esa figura limita la seguridad jurídica y el principio de legalidad de quienes en Colima hacen uso de su libertad para expresarse y manifestar sus ideas y  pensamientos.

La Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales consideró que el tipo penal derogado, predispone una amenaza para quienes, en la labor periodística, difunden información, provocando una autocensura por el miedo a incurrir en la comisión de ese delito.

La despenalización de los delitos de difamación, injuria y calumnia del Código Penal Federal, entraron en vigor el 13 de abril del año 2007; mientras los estados de Chiapas, Puebla, Baja California, Aguascalientes, Durango, Ciudad de México, Guerrero y Oaxaca, ya derogaron la calumnia de sus códigos penales locales.

En tanto, en el Estado de Colima el delito de difamación fue derogado del Código Penal local el 17 de abril del año 2013.

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