Sentido Común
PATRICIA SÁNCHEZ ESPINOSA
¿Será legal el aborto con AMLO?
Lunes 16 de Julio de 2018 8:08 am
PARA garantizar la soberanía del
Estado se estableció la separación de los Poderes, delimitando las funciones
del Presidente de la República en el Poder Ejecutivo, la representación del
pueblo y la creación de las leyes en el Poder Legislativo, y la impartición de
la justicia en el Poder Judicial. Estos Poderes debían de actuar de manera
coordinada, pero independiente, teniendo como fin último el bienestar de la
Nación. Que Morena, el partido del próximo Presidente de México, tenga mayoría
en el Congreso de la Unión, así como en 22 entidades federativas, no debe de
ser forzosamente una buena noticia. Sin embargo, el hecho de que Andrés
Manuel López Obrador tenga este control, le facilitará pasar las leyes y
reformas constitucionales que deseé impulsar y lograr la aprobación de las
mismas en los estados. Al estar su partido relacionado ideológicamente con la
izquierda, hay algunas propuestas controversiales que se buscará impulsar en la
Legislatura siguiente, las cuales no deberían de enfrentar una oposición fuerte,
debido a la composición de las Cámaras. Entre ellas está la ley de voluntad
anticipada y la despenalización de la interrupción del embarazo antes de las 12
semanas, como recién anunció la virtual secretaria de Gobernación, Olga Sánchez
Cordero. Específicamente el tema de la
Interrupción Legal del Embarazo, o ILE, ha sido muy controvertido en México. En
los Congresos locales ya varias veces se ha buscado su aprobación, sin éxito.
Sólo en la Ciudad de México el aborto está despenalizado hasta la décima segunda
semana de embarazo, mientras que en el resto del país está prohibido, con
algunas excepciones. Es en las prerrogativas, sin embargo, donde se esconden
las verdaderas razones de la prohibición, que exceden las razones manifestadas,
como la determinación de que la vida comienza con la concepción, o el supuesto
“Derecho a la vida”. En el país, 18 de 32 entidades
contemplan la protección jurídica del feto, mientras en los demás existen
diferentes excepciones a la penalización. Las causales varían entre una entidad
y otra, contemplando algunas dos o hasta cinco excluyentes de responsabilidad,
las cuales son: cuando el aborto es provocado por accidente (aborto
imprudencial o culposo); cuando a juicio del médico, el embarazo pone en
peligro la vida de la madre; cuando hay alteraciones genéticas o congénitas
graves en el producto; inseminación artificial no consentida; cuando hay
afectación a la salud; cuando hay causas económicas; cuando el embarazo es
consecuencia de una violación, el aborto es legal en todo el país, de acuerdo a
la Ley General de Víctimas y a la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005. De lo anterior podemos deducir dos
cosas: primero, que la libertad de las mujeres en México está delimitada
geográficamente, pues por las mismas razones por las que una mujer aborta en
Yucatán, puede ser encarcelada en Guanajuato, que es el estado más restrictivo
en el tema de la ILE, por lo tanto, las mujeres no podemos ejercer nuestros
derechos sexuales y reproductivos de manera libre en todo el país, lo que a la vez
resulta en la criminalización de la pobreza, pues una mujer con los recursos
suficientes puede viajar a otra entidad en donde dicha causal esté contemplada,
o bien, a la Ciudad de México, para practicarse un aborto, mientras que una
mujer en situación de pobreza deberá continuar su embarazo, o bien, intentar
terminarlo clandestinamente, buscando algún curandero en situaciones
insalubres, o rasgándose a sí misma con un gancho. La segunda es que la prohibición no
tiene nada que ver con la protección de la vida, sino con el control de la
sexualidad femenina. Una causal generalizada en todo el país es cuando el
embarazo es consecuencia de una violación. Incluso en las conversaciones
privadas respecto al tema, o bien, en las redes sociales, la gente es comprensiva
y garantiza el aborto legal ante el hecho de que una mujer haya sido violada y
se encuentre embarazada como consecuencia, mientras que en el resto de los
casos la condena suele llevar aparejada la frase: “si ahí andan abriendo las
patas, que asuman las consecuencias”, lo que claramente puede traducirse en la
visión del embarazo como sanción a las mujeres que eligieron involucrarse en
una relación sexual consensuada. Esta sanción, por cierto, prácticamente nunca
es extendida a los hombres, por lo que la gente pareciera olvidar que todo acto
sexual que derive en un embarazo debe de ser realizado mínimo por dos personas,
usualmente una mujer y un hombre. Dicen que en los detalles está el
diablo, y en este tema, al examinar esta causal generalizada en el país,
podemos entender las motivaciones detrás de la criminalización del aborto. Si
el producto del embarazo es indiferente a las razones por las cuales fue
concebido, ¿por qué es permitido cuando es derivado de una violación y
prohibido cuando lo es de un acto sexual consensuado? Si la intención es
“proteger la vida” y no castigar la libertad sexual de las mujeres, ¿por qué de
repente “la vida” no es tan importante en el caso de una mujer víctima de una
violación? Aventurando una respuesta a las
razones arriba expuestas, cito el artículo 332 del Código Penal Federal
vigente, que a la letra dice: “Se impondrán de seis meses a un año de prisión,
a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la
haga abortar, si concurren estas tres circunstancias: I.- Que no tenga mala
fama; II.- Que haya logrado ocultar su embarazo, y III.- Que éste sea fruto de
una unión ilegítima. Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le
aplicarán de uno a cinco años de prisión”. Después de leer el texto vigente, cabe
preguntarse ¿por qué una mujer que tiene buena fama (lo que sea que esto
signifique), una relación de matrimonio o de concubinato (si a eso se refiere
el código como legítimo) y que haya logrado cuidar las apariencias para que no
se le notara el embarazo, debería de tener una condena menor que una mujer que
no tenga buena fama (habría que investigar qué significa esto), soltera y cuyo
embarazo haya sido del conocimiento de un número indeterminado de gente? Espero
que les parezca tan ridículo como lo acabo de plantear.
Es justo entonces que las mujeres
podamos gozar de una libertad completa en México, que no esté sujeta a
moralismos, dependiendo de la ubicación geográfica, y es muy positivo que esa
sea la intención de la próxima secretaria de Gobernación. Con las Cámaras a
favor del Presidente electo y los Congresos en manos de su partido, la única
razón por la que lo anterior no sea haga realidad, sería por falta de voluntad
del Ejecutivo. Esperemos no sea el caso.