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Ratifican la elección de Preciado como secretario general del PAN



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Lunes 26 de Septiembre de 2016 2:46 pm

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Consideran infundada la impugnación de Pedro Peralta, Gabriela Benavides, Riult Rivera, entre otros

La Comisión Jurisdiccional Electoral del CEN del PAN, ratificó la designación de Jorge Luis Preciado Rodríguez como secretario general de ese instituto político en Colima.

A través de una resolución dictada el pasado 21 de septiembre, dicho organismo interno del PAN, declaró infundada la queja presentada por Pedro Peralta Rivas, Gabriela Benavidez Cobos, Riult Rivera Gutiérrez, entre otros.

Los quejosos habían impugnado la sesión del 11 de julio del 2016, que realizó la Comisión Permanente del CDE en Colima, para nombrar a Preciado Rodríguez secretario general.

En primera instancia, la impugnación fue interpuesta ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mismo que la envió a la Comisión Jurisdiccional del PAN, para su resolución.

Ahí, se determinó que fue correcto el procedimiento para nombrar a Jorge Luis Preciado como secretario general, toda vez que se cumplió con lo señalado por los Estatutos del partido blanquiazul.

También se declaró infundado el argumento de que en la sesión del 11 de julio, Preciado Rodríguez votó por sí mismo, toda vez que en el acta correspondiente se registraron 17 votos a favor, y no está incluido el del senador.

También se desechó el argumento consistente en que en no había quórum legal en la sesión de referencia, toda vez que se registraron las firmas de 30 asistentes a la misma.

Por todo lo anterior, la Comisión Jurisdiccional del CEN panista, ratificó la sesión de la Comisión Permanente del PAN en Colima, realizada el 11 de julio del 2016.

De igual forma, confirmó los acuerdos que en ella se tomaron, incluyendo el nombramiento de Jorge Luis Preciado Rodríguez como secretario general del Comité Directivo Estatal.

Este resolutivo, fue notificado a los quejosos vía estrados físicos y electrónicos, toda vez que en su impugnación, no señalaron un domicilio para recibir las notificaciones.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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