CNDH emite recomendación por situación en penal de Colima
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Martes 01 de Noviembre de 2016 12:22 pm
+ -La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al gobierno de Colima por el fallecimiento de 13 internos por consumo de drogas en el Centro de Reinserción Social (Cereso).
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al gobierno de Colima por el fallecimiento de 13 internos por consumo de drogas en el Centro de Reinserción Social (Cereso).
De acuerdo con el organismo defensor de derechos humanos, entre noviembre de 2015 y enero de 2016 se documentaron casos de ictericia por hepatitis tóxica por el consumo de drogas como heroína.
En la Recomendación 49/2016, la CNDH dijo que en el penal existen deficiencias en seguridad y en la atención a las adicciones, y se permitió el ingreso y consumo de drogas.
Explicó que no cuentan con equipo detector de sustancias ilícitas, lo que permitió que a la hora de visita ingresaran drogas; posteriormente un interno vendía heroína e instrumentos punzocortantes “hechizos” como jeringas.
“La CNDH evidenció que las autoridades penitenciarias incumplieron con garantizar y proteger la seguridad e integridad personal de los internos, al no detectar oportunamente factores de riesgo y carecer de los elementos para instrumentar medidas de control e inhibir el consumo de sustancias ilícitas, además de la falta de clasificación y separación adecuada”, enfatizó.
Dijo que la autoridad penitenciaria descuidó el fortalecer las acciones propias en torno a la seguridad del penal, considerando que los internos están bajo la custodia del Estado.
En ese sentido pidió que se realicen las gestiones que permitan fortalecer una política de atención integral a personas privadas de la libertad con problemas de adicciones, así como que en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de Colima se replanteen las estrategias del programa de atención a personas adictas que ahí opera.
Se refuercen las áreas de seguridad y custodia, dotando de equipo tecnológico de escaneo corporal y se lleve a cabo la clasificación de la población penitenciaria, en términos de lo dispuesto en el artículo 18 constitucional, la normatividad específica y estándares nacionales e internacionales de la materia.