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Aprueba Congreso reforma electoral; en 2018 será requisito hacer pública la 3 de 3 para todos los candidatos



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Miércoles 28 de Junio de 2017 11:02 pm

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Congreso reforma el Código Electoral, la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la Ley del Municipio Libre


Tras la aprobación unánime de las reformas al Código Electoral del Estado de Colima, en el proceso electoral del año 2018 será requisito para obtener el registro de candidatos a todos los cargos de elección popular, la de presentar la declaración de situación patrimonial, la de no conflicto de interés y la fiscal.

Además de presentar la llamada 3 de 3 ante el Instituto Electoral del Estado, los aspirantes y candidatos a cargos de elección popular, tendrán la obligación  de publicar esas declaraciones en las páginas de Internet cuya dirección proporcionen a los organismos electorales.

En ese sentido, el dictamen de reforma al Código Electoral, elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que preside Héctor Magaña Lara, establece que será  obligatorio para  los candidatos, contar con una página de Internet en la que difundirán sus actos de campaña y de proselitismo político.

El Código Electoral ahora está armonizado con la Constitución de Colima respecto a la elección consecutiva de presidentes municipales, síndicos y regidores; candidaturas independientes; paridad de género en las candidaturas a diputaciones por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, así como en las de munícipes por ambos principios, tanto en la vertiente vertical como horizontal.

También se reformó el Código Electoral  para regular la obligación de los partidos políticos de garantizar en las candidaturas para los cargos de diputados y munícipes, la inclusión de jóvenes en entre 18 y 29 años en los porcentajes que determinen sus estatutos.

La norma obliga a los partidos políticos a promover y establecer acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en contra de las mujeres, con el fin de proteger y garantizar el acceso y el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales.

El Código conceptualiza los actos y omisiones relacionados con la materia electoral que constituyan violencia política en contra de las mujeres, relacionándola con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima.

Respecto a la asignación de diputaciones plurinominales, el texto del Código precisa la nueva terminología para las referencias a la votación válida emitida y la votación emitida y se utilizó una redacción más clara y precisa, con el objetivo de evitar ambigüedades y confusiones en su aplicación.

En materia de justicia electoral la reforma a la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral modificó los diferentes plazos para la interposición, substanciación y resolución de recursos y juicios, presentación de escritos y fijación de cédula de publicación en los estrados del Tribunal Electoral del Estado.

La Comisión dictaminadora consideró conveniente conceder mayores plazos para el dictado de las resoluciones jurisdiccionales, con el propósito de favorecer el estudio y propiciar análisis más profundos de las controversias sometidas al TEE.

Así, se pasa de 3 a 4 días hábiles para presentar recursos luego de recibir la notificación a la resolución impugnada; mientras los recursos de revisión serán resueltos por el Consejo General del IEE dentro de los 15 días siguientes al día que se admitan.

Los recursos de apelación, los juicios de inconformidad y los juicios para la defensa ciudadana electoral, serán resueltos por el TEE dentro de los 15 días siguientes al día en que se admitan, cuando anteriormente el plazo era de 10 días.

En cuanto a la reforma a la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, ahora está en consonancia con lo dispuesto por el último párrafo del artículo 90 de la Constitución de Colima, que señala textualmente:

“El cargo de miembro de un Ayuntamiento no puede recaer en las categorías de servidores públicos en ejercicio de la Federación, Estado y municipios, así como de organismos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal a que se refiere la ley, a menos que se separe del cargo, por lo menos, un día antes del inicio del período de registro de candidatos.”

Las reformas aprobadas la tarde de este miércoles surgieron de 21 iniciativas presentadas por diputados de todos los grupos parlamentarios y partidos políticos representados en el Congreso del Estado y por el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez.

AGENCIAS



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