Amplían deberes de autoridades para defensa de derechos de niñas y niños
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Lunes 17 de Septiembre de 2018 3:57 pm
+ -El Congreso del Estado reformó la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima.
Para ampliar los deberes de las autoridades estatal y las municipales
respecto a la protección de los derechos de las personas menores de edad, el
Congreso del Estado reformó la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Colima.
La reforma a esa Ley, cuyos iniciadores fueron el gobernador José
Ignacio Peralta Sánchez y el Diputado Federico Rangel Lozano, establece
mecanismos para atender la asistencia irregular, abandono o deserción escolar
en la educación básica y media superior, a fin de restituir el derecho a la
educación.
Incorpora a la ley el derecho al acceso a las tecnologías de la
información y comunicación y establece la obligación de verificar que solo
personas mayores de dieciocho años de edad puedan adquirir videojuegos con
contenido exclusivo para adultos.
Agrega el castigo corporal como una de las modalidades de abuso físico,
a efecto de que se tomen las medidas necesarias por parte de las autoridades
del Estado y los municipios para prevenir, atender, proteger y sancionar los
casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por esa modalidad de
violencia.
El dictamen con la reforma a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes, presentado por el Diputado Héctor Magaña Lara, presidente de la
Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, fortalece las
funciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del
Estado de Colima.
En ese sentido, esa Procuraduría de Protección se constituye como un
organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, con
personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para
el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines, sectorizado a la
Secretaría General de Gobierno.
Respecto a sus funciones, la ley define de manera clara las medidas de
protección especial y medidas urgentes de protección especial de las niñas,
niños y adolescentes, estableciendo un
procedimiento ágil y expedito para la restitución de sus derechos.
La Procuraduría de Protección tiene la facultad de poder decretar
custodias provisionales de emergencia y separaciones provisionales o
preventivas en el seno familiar en los casos que se estimen necesarios,
determinaciones que deberán de ser ratificadas por el órgano jurisdiccional
competente.
Contempla la creación de las Procuradurías Municipales de Protección de
Niñas, Niños y Adolescentes, que serán el enlace con la Procuraduría Estatal de
Protección, a la que se le dará vista de manera inmediata cuando detecten casos
de violación a los derechos de las personas menores de edad.
Crea la Visitaduría encargada de la protección de los derechos de ese
sector, como parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, con
la finalidad de que dicho órgano cuente con un área especializada encargada de
la protección efectiva, observancia, promoción estudio y divulgación de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Los artículos transitorios del Decreto con las reformas a la Ley de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, disponen que una vez que las
enmiendas entren en vigor, el Ejecutivo del Estado tiene un plazo de 90 días
para reformar el marco reglamentario y los ayuntamientos cuentan con igual
plazo para emitir la reglamentación que regulen las procuradurías municipales
de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.