Aguinaldo deberá pagarse a más tardar el 15 de noviembre
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Jueves 25 de Octubre de 2018 4:49 pm
+ -Dicha gratificación se otorgará al personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la administración pública, entre otros
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer las
disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año
para servidores públicos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, el cual
deberá pagarse a más tardar el 15 de noviembre próximo.
En un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, precisó
que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por la
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Apartado B) del
artículo 123 de la Constitución tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente
a cuando menos 40 días de salario, sin deducción alguna.
La dependencia detalló que el pago del aguinaldo o gratificación de fin
de año se realizará en una sola exhibición a más tardar el 15 de noviembre,
salvo que conforme a la disponibilidad presupuestaria, tenga que realizarse en
dos exhibiciones.
En ese caso, subrayó, la primera exhibición se realizará a más tardar el
15 de noviembre de 2018 y la segunda antes del 15 de enero de 2019.
Señaló que dicha gratificación incluye al personal operativo de
confianza de las dependencias y entidades de la administración pública federal,
de enlace y de mando, así como del servicio exterior mexicano que esté en
funciones en el país.
Además, abundó, al personal en retiro, con pensión militar, civil o de
gracia, y los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una
pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado (ISSSTE) o con cargo al erario federal.
También, a las personas físicas contratadas para prestar servicios
profesionales bajo el régimen de honorarios y con cargo a recursos del capítulo
de servicios personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la
Administración Pública Federal que prestan sus servicios a las dependencias y
entidades, al Servicio Exterior Mexicano y a las Fuerzas Armadas, anotó.
La dependencia aclaró que no tendrán derecho al aguinaldo o
gratificación de fin de año las personas físicas contratadas bajo el régimen de
honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la
Administración Pública Federal, así como aquéllas a las que se cubran
percepciones diferentes a los puestos mencionados.
Tampoco, añadió, en el decreto vigente a partir de mañana, el personal a
que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las
entidades federativas.