Publicada, ley que quita pensión a expresidentes
AGENCIAS
Lunes 05 de Noviembre de 2018 10:14 am
+ -La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos también impedirá que algún funcionario gane más que el presidente
Este lunes fue publicada en el Diario
Oficial de la Federación la ley que quita pensión a expresidentes y que impide
que algún funcionario gane más que el presidente.
La Ley Federal de Remuneraciones de
los Servidores Públicos señala que “todo servidor público puede recibir una
remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo,
cargo o comisión, proporcional a sus responsabilidades”.
“Ningún servidor público recibe una
remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o
comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el
Presupuesto de Egresos de la Federación”, señala el DOF.
En el caso de las remuneraciones,
estarán sujetas a los principios rectores, sin que rebasen el salario del
presidente:
- ·
Anualidad: La remuneración es determinada para cada ejercicio fiscal y los
sueldos y salarios no se disminuyen durante el mismo;
- ·
Reconocimiento del desempeño: La remuneración reconoce el cumplimiento
eficaz de las obligaciones inherentes al puesto y el logro de resultados
sobresalientes;
- ·
Equidad: La remuneración es proporcional a la responsabilidad del puesto;
- ·
Fiscalización: La remuneración es
objeto de vigilancia, control y revisión por las autoridades competentes;
- ·
Igualdad: La remuneración compensa en igualdad de condiciones a puestos
iguales en funciones, responsabilidad, jornada laboral y condición de
eficiencia, sin perjuicio de los derechos adquiridos;
- ·
Legalidad: La remuneración es irrenunciable y se ajusta estrictamente a las
disposiciones de la Constitución, esta Ley, el Presupuesto de Egresos, los
tabuladores y el manual de remuneraciones correspondiente, y
- ·
Transparencia y rendición de cuentas: La remuneración es pública y toda autoridad
está obligada a informar y a rendir cuentas con veracidad y oportunidad,
privilegiando el principio de máxima publicidad.
“No se concederán ni cubrirán
jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstas se encuentren
asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones
generales de trabajo”, señala además el DOF sobre las pensiones a los ex
presidentes.