SCJN avala indemnización por demoras o cancelación de vuelos
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Miércoles 14 de Noviembre de 2018 6:24 pm
+ -La Segunda Sala de la SCJN avaló que las aerolíneas deben indemnizar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos.
Al revisar cuatro amparos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las aerolíneas deben indemnizar a los
pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos.
Con lo anterior, la Corte de Justicia generó jurisprudencia para que
todos los jueces del país respalden a los usuarios de aerolíneas nacionales o
extranjeras para contar con un servicio eficaz, seguro y eficiente y de no ser
así, ser compensados.
Los ministros confirmaron que la cantidad que por concepto de
indemnización pague una aerolínea a los pasajeros debe incluir todos los cargos
que le fueron pagados al momento de la compra del boleto, incluyendo los
impuestos relativos.
El mes pasado, los ministros rechazaron los argumentos de las aerolíneas
Trans American Airlines y Lan Perú, para no compensar a sus pasajeros por
fallas en su servicio.