Nueva Alianza se queda sin registro como partido político nacional
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Miércoles 21 de Noviembre de 2018 7:28 pm
+ -La Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo INE/CG1301/2018 y desestimó los motivos de inconformidad del Panal
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que
el Partido Nueva Alianza (Panal) perdió su registro como partido político
nacional, por no haber obtenido al menos el tres por ciento de la votación
válida emitida en la elección federal ordinaria del 1º de julio pasado.
Por unanimidad, la Sala Superior confirmó el acuerdo INE/CG1301/2018 y
desestimó los motivos de inconformidad del PANAL al recordar que si bien es
cierto que en 2005 el umbral mínimo de votación para conservar el registro era
del 2 por ciento, en 2014 tuvo lugar una reforma electoral que estableció el 3
por ciento, como nuevo límite, por lo que “no se transgrede el principio de
retroactividad”.
Los magistrados también desestimaron los agravios que señalaban que la
declaración de pérdida de registro atenta contra el sistema democrático y el
pluralismo político, al recordar que en
la exposición de motivos de la reforma de 2014, los legisladores destacaron que
el límite del “2 por ciento ha permitido la permanencia de partidos con escasa
representatividad, que fragmentan la representación e impiden al ciudadano
distinguir con claridad las estrategias parlamentarias”.
Conforme a la votación válida emitida Nueva Alianza obtuvo el 2.03 por
ciento en la elección presidencial; en senadores de mayoría relativa el 2.41;
senadores de representación proporcional el 2.40; en diputaciones de mayoría
relativa el 2.58 y en diputaciones de representación proporcional el 2.57 por
ciento. Por lo tanto, no alcanzó el
umbral mínimo requerido del 3 por ciento.
El 3 de septiembre, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral inició el proceso para la liquidación de los partidos Nueva Alianza y
Encuentro Social y el 12 de septiembre, por unanimidad, el Consejo General del
INE aprobó la declaratoria de pérdida de registro de dichos instituto
políticos. Inconforme, el 5 de octubre,
el Panal acudió a la Sala Superior del TEPJF e interpuso el SUP-RAP-384/2018.