SCJN concede amparo a pareja homoparental para registrar a su hijo
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Miércoles 21 de Noviembre de 2018 5:14 pm
+ -La Primera Sala de la SCJN concedió un amparo a una pareja homoparental para que el Registro Civil de Yucatán inscriba a su hijo, de 3 años de edad, concebido por maternidad subrogada, con el apellido de sus padres.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) concedió un amparo a una pareja homoparental para que el Registro
Civil de Yucatán inscriba a su hijo, de tres años de edad, concebido por
maternidad subrogada, con el apellido de sus padres.
Los integrantes de la Sala avalaron la propuesta del ministro José Ramón
Cossío Díaz en el que señala que con la concesión del amparo, en el que la
Corte ejerció facultad de atracción, no sólo se garantiza el derecho de
identidad y filiación del menor, sino también el de la vida privada de la
pareja y a procrear mediante el acceso a las técnicas de reproducción asistida.
“El menor requiere para su adecuado desarrollo contar con todos los
derechos prestacionales derivados de la filiación, como derechos alimentarios,
sucesorios, así como a recibir cuidados, educación y afecto”, indica el fallo.
Además, observó que de acuerdo con el expediente, la madre biológica del
menor ha manifestado que no está interesada en hacerse cargo del niño.
“Lo más conveniente en este caso es que sea cuidado por las personas que
desean hacerse cargo de él y lo han hecho desde su nacimiento. Al respecto es
importante reiterar que la madre subrogada hasta ahora ha manifestado no tener
ningún interés en hacerse cargo del menor y cumplir con todas las obligaciones
derivadas de la maternidad legal”, explica.
El caso derivó de la solicitud que realizó la pareja del mismo sexo en
el estado de Yucatán para registrar a su hijo, concebido mediante la técnica de
maternidad subrogada, con los apellidos de ambos en su carácter de padres del
menor.
Sin embargo, las autoridades del Registro Civil en la entidad se negaron
a registrar al niño bajo el argumento de que no existía un vínculo biológico
del menor de edad con la pareja que pretendía registrarlo.
Esta no es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre la regulación
de la filiación de los niños concebidos por maternidad subrogada y que son
hijos de parejas del mismo sexo.
En mayo pasado, el Máximo Tribunal atrajo el tercer amparo en el que
analizará este tipo de casos e incluso en otros asuntos. Jueces federales han
ordenado reconocer el derecho de las familias homoparentales y de sus hijos a
ser registrados con los apellidos de ambos padres.