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SCJN concede amparo a pareja homoparental para registrar a su hijo



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Miércoles 21 de Noviembre de 2018 5:14 pm

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La Primera Sala de la SCJN concedió un amparo a una pareja homoparental para que el Registro Civil de Yucatán inscriba a su hijo, de 3 años de edad, concebido por maternidad subrogada, con el apellido de sus padres.


Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a una pareja homoparental para que el Registro Civil de Yucatán inscriba a su hijo, de tres años de edad, concebido por maternidad subrogada, con el apellido de sus padres.

Los integrantes de la Sala avalaron la propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz en el que señala que con la concesión del amparo, en el que la Corte ejerció facultad de atracción, no sólo se garantiza el derecho de identidad y filiación del menor, sino también el de la vida privada de la pareja y a procrear mediante el acceso a las técnicas de reproducción asistida.

“El menor requiere para su adecuado desarrollo contar con todos los derechos prestacionales derivados de la filiación, como derechos alimentarios, sucesorios, así como a recibir cuidados, educación y afecto”, indica el fallo.

Además, observó que de acuerdo con el expediente, la madre biológica del menor ha manifestado que no está interesada en hacerse cargo del niño.

“Lo más conveniente en este caso es que sea cuidado por las personas que desean hacerse cargo de él y lo han hecho desde su nacimiento. Al respecto es importante reiterar que la madre subrogada hasta ahora ha manifestado no tener ningún interés en hacerse cargo del menor y cumplir con todas las obligaciones derivadas de la maternidad legal”, explica.

El caso derivó de la solicitud que realizó la pareja del mismo sexo en el estado de Yucatán para registrar a su hijo, concebido mediante la técnica de maternidad subrogada, con los apellidos de ambos en su carácter de padres del menor.

Sin embargo, las autoridades del Registro Civil en la entidad se negaron a registrar al niño bajo el argumento de que no existía un vínculo biológico del menor de edad con la pareja que pretendía registrarlo.

Esta no es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre la regulación de la filiación de los niños concebidos por maternidad subrogada y que son hijos de parejas del mismo sexo.

En mayo pasado, el Máximo Tribunal atrajo el tercer amparo en el que analizará este tipo de casos e incluso en otros asuntos. Jueces federales han ordenado reconocer el derecho de las familias homoparentales y de sus hijos a ser registrados con los apellidos de ambos padres.

EL UNIVERSAL



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