Corte IDH: El Estado mexicano violó DDHH de mujeres en Atenco, cuando Peña gobernaba Edomex
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Viernes 21 de Diciembre de 2018 4:59 pm
+ -La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó este viernes la sentencia adoptada el 28 de noviembre pasado en la que declara la responsabilidad del Estado mexicano por las graves violaciones a derechos humanos cometidas contra 11 mujeres que sufrieron detenciones arbitrarias el 3 y 4 de mayo de 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México
La Corte Interamericana de Derechos
Humanos (Corte IDH), notificó este viernes la sentencia adoptada el 28 de
noviembre pasado en la que declara la responsabilidad del Estado mexicano por
las graves violaciones a derechos humanos cometidas contra 11 mujeres que
sufrieron detenciones arbitrarias; tortura física, psicológica y sexual; y
falta de acceso a la justicia. Esto ocurrió en el marco de la represión
policial desplegada el 3 y 4 de mayo de 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco,
Estado de México.
La
institución, con sede en San José Costa Rica, recordó que durante los días 3 y
4 de mayo del año 2006 las policías municipales de Texcoco, San Salvador de
Atenco, del estado de México y la Policía Federal Preventiva adelantaron
operativos en los municipios de San Salvador de Atenco, Texcoco y en la
carretera Texcoco-Lechería para reprimir manifestaciones que se llevaban a cabo
en dichos municipios.
En el curso
de los operativos fueron detenidas las 11 mujeres víctimas del caso, durante su
detención y mientras eran trasladadas e ingresadas al Centro de Readaptación
Social "Santiaguito", fueron sometidas a las diferentes formas de
violencia, incluida en algunos casos la violación sexual.
En su
resolución, la corte ordena a México, entre otras cosas, continuar e iniciar
las investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para
determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a todos los responsables de la
violencia y tortura sexual sufrida por las 11 mujeres víctimas de este caso.
Pidió
"brindar de forma gratuita e inmediata, el tratamiento médico y
psicológico o psiquiátrico a las víctimas, realizar en un plazo de seis meses a
partir de la notificación de la sentencia, las publicaciones ordenadas",
además de que solicita realizar un acto público de reconocimiento de
responsabilidad internacional y disculpas públicas.
Ordenó a
México crear un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del
estado de México, y establecer un mecanismo de monitoreo y fiscalización para
medir y evaluar la efectividad de las políticas e instituciones existentes en
materia de rendición de cuentas y monitoreo del uso de la fuerza de la referida
institución de seguridad y la policía del estado de México.
El Centro Pro
de Derechos Humanos y Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
(Cejil), subrayaron que "con esta resolución, se confirma desde la más
alta instancia judicial del Sistema Interamericano de Derechos Humanos lo que
las mujeres sobrevivientes han denunciado durante 12 años y se reivindica su
lucha contra la impunidad".
Resaltan que
"el uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales al momento de
detenerlas no fue legítimo ni necesario, pero además fue excesivo e inaceptable
por la naturaleza sexual y discriminatoria de las agresiones sufridas".
La Corte
concluyó que el "uso indiscriminado de la fuerza por parte del Estado en
este caso, resultado de una ausencia de regulación adecuada, una falta de
capacitación de los agentes, la supervisión y monitoreo ineficiente del
operativo, y una concepción errada de que la violencia de algunos justificaba
el uso de la fuerza contra todos".
Destacó que
"las investigaciones realizadas por el Estado se limitaron a la
participación de agentes estatales, cuando existían indicios de la
participación de agentes federales" y en tal sentido, no se investigaron
todas las posibles formas de responsabilidad individual por los actos de tortura
que prevé la Convención Interamericana contra la Tortura, incluyendo la
responsabilidad de mando, pese a la existencia de indicios al respecto, por lo
tanto señaló que el Estado no investigó a todos los posibles responsables
penales ni siguió todas las líneas lógicas de investigación, incumpliendo así
su deber de investigar con la debida diligencia.
En relación a
los actos cometidos contra las mujeres de Atenco, el alto tribunal reconoció
que la violencia del operativo utilizó la violencia sexual como práctica
represiva. En este sentido, Corte ordena al Estado, entre otras cosas,
implementar medidas de atención a las mujeres y para revertir las condiciones
que permiten hasta hoy la comisión de tortura sexual y represión policial.
Como ha sido
reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las sentencias de la
Corte IDH son de carácter vinculante para México, por lo que el Estado está
obligado a acatar todas las medidas ordenadas por la Corte Interamericana,
subraron el Cejil y el Centro Pro.
Esas organizaciones
enfatizan que con esta sentencia histórica, el Estado tiene la posibilidad de
poner fin a la impunidad en el emblemático caso de Atenco y de tomar medidas
concretas para evitar que se reproduzcan tales violaciones a derechos humanos
en otros contextos.
"El
cumplimiento cabal y pronto de la sentencia notificada hoy por la Corte será
una clara muestra del compromiso del nuevo gobierno en materia de derechos
humanos".
"Más
aún, en un contexto en el que el modelo de seguridad está a discusión en México,
por la intención de crear una Guardia Nacional militarizada, la sentencia
emitida por la Corte en el caso Atenco -lo mismo que la resolución publicada el
día de ayer respecto del caso Alvarado- obligan al Poder Legislativo mexicano a
revisar la legislación que se pretende aprobar a la luz de los estándares
fijados por el tribunal interamericano, que refuerzan la perspectiva de
seguridad ciudadana de carácter civil y la fiscalización externa de las
instituciones de seguridad", enfatizaron.