Publican resolutivo de salarios mínimos general y profesionales para 2019
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Miércoles 26 de Diciembre de 2018 4:14 pm
+ -En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación, explicó que para fines de aplicación de los salarios mínimos en la República Mexicana habrá dos áreas geográficas
La Comisión
Nacional de los Salarios Mínimos publicó la Resolución del Honorable Consejo de
Representantes de esta Comisión que fija los salarios mínimos general y
profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2019.
En la edición
matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó que para fines de
aplicación de los salarios mínimos en la República Mexicana habrá dos áreas
geográficas:
El área
geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, integrada por los siguientes
municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el
estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General
Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea,
Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora.
Además los
municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame
del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua; Ocampo,
Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el
estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el estado de Nuevo León; y Nuevo
Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa,
Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas.
La segunda
área de Salarios Mínimos Generales, está integrada por el resto de los
municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad
de México que conforman la República Mexicana.
Puntualizó
que el salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de
2019 en el área geográfica de la Zona libre de la Frontera Norte será de 176.72
pesos diarios por jornada diaria de trabajo; mientras que el monto del salario
mínimo general para el área de Salarios Mínimos Generales será de 102.68 pesos
diarios por jornada diaria, serán las que figuren en la Resolución de esta
Comisión que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, como
cantidad mínima que deberán recibir en efectivo los trabajadores.
Además,
indicó que los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del
1 de enero de 2019, para las profesiones, oficios y trabajos especiales,
publicadas en la Resolución de 2017 como cantidad mínima que deben recibir en
efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo, serán los que figuran
en la presente en su resolutivo cuarto.
En ese
sentido, en su resolutivo cuarto presenta las definiciones y descripciones de
las actividades, profesiones, oficios y trabajos especiales, y en una tabla
registra la cantidad monetaria correspondiente a las dos áreas geográficas y
conforme al trabajo o actividad que se desempeñe.