Corte invalida ley que obliga a migrantes a dar datos personales
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Martes 15 de Enero de 2019 5:52 pm
+ -Los estados no pueden legislar sobre la revisión de estatus migratorio, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la ley que establecía que los
migrantes deben cumplir con la obligación de mostrar la documentación que
acreditara su identidad, además de proporcionar la información y datos
personales que les fueran solicitados por las autoridades.
A propuesta
del ministro Jorge Pardo Rebolledo, de manera unánime, el Pleno del Alto
Tribunal consideró que los congresos locales carecen de facultades para
legislar estableciendo restricciones en materia de ingreso, salida, tránsito y
estancia de extranjeros en el territorio nacional, por lo que determinaron que
la Ley de Protección y Atención de los Migrantes en el Estado de Jalisco es
inconstitucional.
Los
integrantes de la SCJN concluyeron que las autoridades locales carecen de
competencia para regular cuestiones migratorias, en relación con el ingreso y
salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos
Mexicanos, así como con el tránsito y la estancia de los extranjeros en el
mismo, pues ello corresponde de manera expresa a las autoridades federales.
Así, los
ministros resolvieron la acción de inconstitucionalidad 110/2016, promovida por
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que demandó la
invalidez del artículo 4 de la Ley de Protección y Atención de los Migrantes en
Jalisco, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 17 de noviembre de
2016.