Proponen reformar Código Civil para eliminar la deuda histórica con la Comunidad Trans
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Jueves 07 de Febrero de 2019 5:35 pm
+ -El diputado Vladimir Parra Barragán, presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, presentó en tribuna una modificación al Código Civil para permitir que las personas transgénero puedan modificar sus documentos legales y garantizar su identidad de género.
El Diputado
Vladimir Parra Barragán, presidente de la Comisión de Gobierno Interno y
Acuerdos Parlamentarios, presentó en tribuna una modificación al Código Civil
para permitir que las personas transgénero puedan modificar sus documentos
legales y garantizar su identidad de género.
Parra
Barragán comentó que tenemos una deuda histórica con la comunidad LGBTTTI que
debemos comenzar a pagar. Debemos parar la violencia contra la comunidad y
hacer lo que esté en nuestras manos para garantizar sus derechos básicos, como
la salud, la libertada, el libre desarrollo de su personalidad, su identidad,
la educación. No podemos seguir contribuyendo a la invisibilización de “los nadie”.
El legislador
morenista comentó que la identidad es lo más esencial para una persona; para su
desarrollo. Es un Derecho Humano básico que repercute en el ejercicio de todos
los demás derechos.
De la misma
forma Parra Barragán señaló que le corresponde al Estado promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y
efectivas. Los poderes públicos Estatales y Municipales deberán eliminar
aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo
de las personas, así como su efectiva participación en la vida política,
económica, laboral, cultural y social del país y promoverán la participación de
las autoridades en la eliminación de dichos obstáculos.
Agregó que la
reforma en el 2011 al artículo primero de la Constitución Federal tiene un
sentido y una trascendencia profunda, da un cambio de rumbo en la
interpretación y aplicación de las leyes y derechos, y da las bases para
combatir las agresiones, violaciones y transgresiones a los Derechos Humanos de
nuestro pueblo.
Parra
Barragán dijo que, actualmente, nuestro Código Civil establece una serie de
procedimientos y casos específicos en los que se puede realizar una
rectificación o aclaración de las actas que expide la Dirección del Registro
Civil, pero en tales supuestos no se establece específicamente la modificación
de las actas de nacimiento para adecuarlas a la expresión real de la identidad
de las personas, sobre todo de la comunidad LGBTTTI.
Finalmente el
Diputado señaló que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
considera que para prevenir y combatir la violencia contra las personas de la
comunidad LGBTTTI, los Estados deben adoptar un marco jurídico que
específicamente proteja a las personas contra la discriminación basada en la
orientación sexual, la identidad de género o diversidad corporal, debido al
vínculo inherente entre violencia y discriminación que se examinó en el segundo
capítulo de este informe.