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Estos son los delitos que tendrán prisión preventiva automática, incluye feminicidio y pederastia



Miércoles 20 de Febrero de 2019 12:26 pm

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Las personas que sean acusadas de ellos ante el juez y se les inicie proceso deberán ser puestas en prisión de manera preventiva

Entre protestas contra el dictamen y acusaciones sobre violaciones al procedimiento, la Cámara de Diputados aprobó ampliar la lista de delitos que la Constitución define como meritorios de prisión preventiva oficiosa, es decir, aquellos donde los probables responsables serán encarcelados de forma automática si un juez determina iniciarles proceso. Esto sin necesidad de que el Ministerio Público acredite el riesgo o perfil del inculpado.

Como la lista aprobada ya había sido avalada previamente por el Senado de la República, la reforma quedó firme en el Congreso de la Unión y ahora solo falta el aval de al menos la mitad de los congresos estatales más uno para que entre en vigor.

La aprobación se dio con el voto a favor de 377 legisladores de los 480 que estaban presentes en el pleno de la cámara baja. La mayoría a favor la conformaron legisladores de Morena y sus partidos aliados (con algunas excepciones entre ellos) y el voto dividido de varios partidos de oposición.

Previo a la reforma que se aprobó el día de ayer, el artículo 19 Constitucional solo contemplaba una lista de seis ilícitos que eran meritorios de prisión preventiva oficiosa: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y delitos violentos cometidos con armas de fuego.


 El dictamen aprobado por el Congreso triplica esa cantidad al agregar los siguientes:

Uso de programas sociales con fines electorales
Enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones
Delitos en materia e hidrocarburos (huachicoleo)
Abuso sexual en agravio de menores
Violencia sexual en agravio de menores
Feminicidio
Robo a casa habitación
Robo a transporte de carga
Desaparición forzada
Desaparición cometida por particulares y delitos contra la Ley de Armas de Fuego.

La introducción de los nuevos ilícitos en el catálogo de prisión preventiva oficiosa significa – como se explicó ayer en la discusión en el Congreso – que las personas que sean acusadas de ellos ante el juez y se les inicie proceso deberán ser puestas en prisión de manera preventiva, como garantía de que enfrentarán el juicio que tienen por delante.

Con anterioridad a esta reforma una persona acusada por estos delitos ya podía quedar en prisión preventiva, sin embargo, para que ello ocurriera el Ministerio Público tenía que “justificar” ante el juez la necesidad de imponer esta medida cautelar en vez de alguna de las otras 15 que contempla la ley y son menos invasivas como un arraigo domiciliario, un brazalete, entre otros.

Al convertirse en delitos de prisión oficiosa el juez de la causa está obligado a imponerla en contra del probable responsable, aun cuando legalmente continúe siendo inocente hasta que se pruebe lo contrario. 

Agencias



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