Determina Corte que funcionarios no deben bloquear a ciudadanos en Twitter
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Miércoles 20 de Marzo de 2019 5:14 pm
+ -Los ministros determinaron que los funcionarios, al ser personas públicas, ven desdibujado su derecho a la intimidad en aras de favorecer el derecho a la información.
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no
deben bloquear en sus cuentas de Twitter a los ciudadanos que los siguen, pues
se vulnera el derecho de acceso a la información.
Por
unanimidad de cuatro votos, la Segunda Sala respaldó el proyecto presentado por
el ministro Eduardo Medina Mora que ampara a un periodista contra el bloqueo en
Twitter para seguir la cuenta del fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler.
“Al ser una
persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la
intimidad se ve desdibujado en aras de favorecer el derecho a la información.
Esto es así porque los temas de interés general, como los relacionados con el
desempeño de su gestión gubernamental, están sometidos a un fuerte nivel de
escrutinio por parte de los medios de comunicación y la sociedad”, sostuvo la
Sala.
Se explicó
que es posible que “comportamientos abusivos” puedan ocasionar una medida de
restricción o bloqueo justificada, pero para que ésta sea válida será necesario
que dichas expresiones o conductas se encuentren excluidas de protección
constitucional.
El ministro
Eduardo Medina Mora sostuvo que aunque en la cuenta del fiscal no hay
información sobre derechos humanos, desapariciones forzadas o fosas
clandestinas, por el solo hecho de ser el quejoso un ciudadano, se le debe
garantizar el acceso a la información contenida en esa cuenta.
Si el fiscal
de Veracruz no acata lo ordenado por la Corte, el juez podrá requerir a Twitter
en México el desbloqueo permanente, siempre que la persona amparada no presente
un comportamiento abusivo que justifique legítimamente la medida de bloqueo.