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Trabajadores de gobierno no fueron dados de baja del IMSS, cambiaron de modalidad



Lunes 06 de Mayo de 2019 8:22 am

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El Gobierno del Estado lleva a cabo un proceso de regularización en la inscripción de los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)


El Gobierno del Estado lleva a cabo un proceso de regularización en la inscripción de los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Por esa razón, se realizan modificaciones al convenio actual a través de la modalidad 38 de inscripción particular para las administraciones públicas de las entidades federativas y municipios, donde se podrán pagar y entregar las cuotas obrero patronales al IMSS conforme a lo dispuesto en la Ley.

En el año 1997, el gobierno estatal suscribió con el IMSS un convenio de incorporación para la seguridad social de sus trabajadores, consistente en las siguientes prestaciones: riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como guarderías. 

La modalidad en cuestión conocida como modalidad 38 ampara a los trabajadores de las administraciones públicas y su núcleo familiar que cumpla los requisitos de Ley, es decir, cónyuge o concubina, hijos y padres del trabajador asegurado. 

Además, tiene cobertura en seguro de riesgos de trabajo y enfermedad y maternidad, sin que contemple invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; guarderías y prestaciones sociales.

Las prestaciones en dinero y las áreas no cubiertas por la modalidad en cuestión: invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, guarderías y prestaciones sociales, serán cubiertas por el Instituto de Pensiones del Estado de Colima (Ipecol) y por el servicio de guarderías proporcionado por el Gobierno del Estado de Colima, a través de sus estancias infantiles.

En cuanto a las semanas cotizadas por los trabajadores activos, la Ley del Seguro Social en sus artículos 150 y 151 prevé la conservación y reconocimientos de derechos respecto a los trabajadores que deseen continuar siendo sujetos del derecho a recibir una pensión por parte del IMSS por cesantía en edad avanzada o  vejez.

Para los trabajadores que deseen seguir cotizando para alcanzar una pensión por parte del Seguro Social podrán inscribirse en la modalidad 40, la cual es compatible con la modalidad 38.

Las  causas que generaron la inscripción a régimen de incorporación diferente son: la auditoría al ejercicio fiscal 2014 por parte del IMSS, la reforma al sistema de pensiones, el Presupuesto de Egresos de Servicios Personales y la Ley de Disciplina Financiera. 

Jesús TREJO MONTELÓN



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