Aprueba Congreso inhabilitar permanente a Servidores Públicos
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Jueves 30 de Mayo de 2019 5:04 pm
+ -Con votación unánime el Congreso del Estado de Colima aprobó reformar el artículo 223 del Código Penal del Estado, para quede estipulada la inhabilitación definitiva o “muerte civil” para servidores públicos.
Con votación unánime el
Congreso del Estado de Colima aprobó reformar el artículo 223 del Código Penal
del Estado, para quede estipulada la inhabilitación definitiva o “muerte civil”
para servidores públicos, con lo que implica la total pérdida de confianza para
desempeñar cargos públicos.
La iniciativa presentada
por la Diputada Única de Movimiento Ciudadano, Remedios Olivera Orozco, preveía
se homologara el Código Penal Estatal con las recientes reformas al Código
Penal Federal, la cual establece como novedad la figura de inhabilitación
permanente por actos de corrupción.
El Dictamen realizado
por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que preside
el Diputado Arturo García Arias, también modifica el artículo señalado, para
que la inhabilitación temporal sea de 1 a 10 años o de 10 a 20 años.
Lo anterior se
estipulará de acuerdo a los montos y afectaciones que él o la implicada tengan;
el primer tipo de inhabilitación temporal (1 a 10 años) sea para quienes no
causen daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro o cuando el monto no
exceda las doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualizada
(UMA); mientras que el segundo tipo se aplicará para quienes superen las
doscientas UMA´s pero no se exceda de las dos mil.
Las Comisiones
dictaminadoras señalaron que debe ser severa la sanción cuando un servidor
público cometa delitos mediante el ejercicio de la función pública y esta se
afecta o se obtiene un beneficio económico.
Así mismo también se
agrega que la figura de la inhabilitación temporal y definitiva también alcance
a los particulares cuando estos participen en adquisiciones, arrendamientos,
concesiones, servicios u obras públicas y estén implicados en los delitos que
estipula el artículo 233 del Código Penal.