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Aprueba Congreso inhabilitar permanente a Servidores Públicos



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Jueves 30 de Mayo de 2019 5:04 pm

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Con votación unánime el Congreso del Estado de Colima aprobó reformar el artículo 223 del Código Penal del Estado, para quede estipulada la inhabilitación definitiva o “muerte civil” para servidores públicos.

Con votación unánime el Congreso del Estado de Colima aprobó reformar el artículo 223 del Código Penal del Estado, para quede estipulada la inhabilitación definitiva o “muerte civil” para servidores públicos, con lo que implica la total pérdida de confianza para desempeñar cargos públicos.

La iniciativa presentada por la Diputada Única de Movimiento Ciudadano, Remedios Olivera Orozco, preveía se homologara el Código Penal Estatal con las recientes reformas al Código Penal Federal, la cual establece como novedad la figura de inhabilitación permanente por actos de corrupción.

El Dictamen realizado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que preside el Diputado Arturo García Arias, también modifica el artículo señalado, para que la inhabilitación temporal sea de 1 a 10 años o de 10 a 20 años.

Lo anterior se estipulará de acuerdo a los montos y afectaciones que él o la implicada tengan; el primer tipo de inhabilitación temporal (1 a 10 años) sea para quienes no causen daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro o cuando el monto no exceda las doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualizada (UMA); mientras que el segundo tipo se aplicará para quienes superen las doscientas UMA´s pero no se exceda de las dos mil.

Las Comisiones dictaminadoras señalaron que debe ser severa la sanción cuando un servidor público cometa delitos mediante el ejercicio de la función pública y esta se afecta o se obtiene un beneficio económico.

Así mismo también se agrega que la figura de la inhabilitación temporal y definitiva también alcance a los particulares cuando estos participen en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas y estén implicados en los delitos que estipula el artículo 233 del Código Penal.

AGENCIAS



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