Congreso de Tabasco aprueba la “Ley Garrote”
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Lunes 29 de Julio de 2019 6:28 pm
+ -Los diputados locales aprobaron con 21 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones, reformas al Código Penal de Tabasco.
El artículo
que levantó la polémica y dio paso a la llamada “Ley Garrote” fue modificado
este día en el Congreso de Tabasco, para aprobarlo, entre protestas de
opositores, aun cuando el gobierno estatal afirma que está enfocado a la
penalización de la extorsión.
Antes de la
sesión, el secretario de Gobierno, Marcos Medina Filigrana, se reunió con
legisladores para aclarar dudas o escuchar puntos de vista, e incluso, para
mejorar la redacción de la propuesta, aunque legisladores de oposición
finalmente abandonaron la sesión del Congreso local.
La discusión
de la redacción del artículo 308 bis, el cual fue el centro del debate se
prolongó por más de dos horas, e inconformidad de diputados del PRI que
abandonaron la sesión antes de la votación, mientras la fracción del PRD votó
dividida y Morena en favor del dictamen.
De acuerdo
con la presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, Procuración de Justicia
y Protección Civil, Julia Pardo, la reforma no trata de penalizar la libre
manifestación de los ciudadanos ni es contra la libre organización sindical.
El fin, dijo,
es contra la extorsión a cambio de beneficio económico para unos cuantos que
ocasionan atrasos en obras y retrasan las inversiones, pues en los artículos se
señala que es contra quienes carezcan de facultad legal y se ostenten, como
integrantes de un sindicato sin reconocimiento oficial.
Al respecto,
la priista Ingrid Rosas, integrante de la Comisión, señaló estar en contra de
la modificación porque el contenido del artículo 308 bis no tiene nada que ver
con el delito de extorsión o delincuencia organizada.
Por el
contrario, expuso, se podrá aplicar en contra de cualquier marcha, protesta o
manifestación no solo en alguna calle, sino en cualquier plaza bajo el
argumento de impedir el libre tránsito de terceros, encuadrándolos en la pena y
cárcel de uno a cinco años.
Se trata,
dijo, de una afrenta a los derechos humanos y un golpe al sistema democrático,
pues no son cambios para beneficiar al pueblo sino para reprimirlo.
Del PRD, dos
de sus integrantes votaron a favor, aunque la legisladora Dolores Gutiérrez,
quien votó en contra, expuso que la reforma criminaliza la genuina protesta
ciudadana, pero reconoció que, en el caso de los llamados pseudosindicatos que
han hecho de la extorsión su modus operandi, sí deben acabarse.
En lo
general, la votación fue de 21 votos a favor, dos en contra del PRD y tres
abstenciones.
En la
discusión en lo particular, tras haber quedado reservado el artículo 308 bis,
se aprobó con 24 votos a favor y una abstención, la modificación prevista, por
lo cual ahora establece:
“Al que
extorsione, coaccione, intente imponer o imponga cuotas e impida total o
parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo
especializado o similar, para la ejecución de trabajo u obras pública o privada
en las vías o medios de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el
artículo 306, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos
mil veces el valor diario de la unidad de medida de actualización, sin
perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten”.
La pena se
incrementará en una mitad más, cuando “en la comisión del delito, el sujeto
activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia”.
De esta
manera se sustituye la anterior redacción del artículo 308 bis, que señalaba:
“Al que
careciendo de facultad legal, impida total o parcialmente el libre tránsito de
personas, se le impondrá prisión de uno a cinco años y multa de ciento
cincuenta a doscientas 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización. Se aumentará al doble la pena de prisión y multa que le
corresponda, cuando el responsable se haga acompañar de personas menores de
edad o se emplee violencia”.