Congreso aprueba aumentar penas a homicidas y feminicidas
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Jueves 15 de Agosto de 2019 8:50 pm
+ -Hasta 60 años de prisión, a quien prive de la vida a una mujer
Por
unanimidad, el Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de Colima,
para endurecer las penas a quien cometa feminicidio, imponerles de cuarenta a
sesenta años de prisión, multa de hasta mil quinientas unidades de medida y
actualización (UMA’s), y privación de derechos que le pudieran corresponder en
relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Esta reforma
también contempla para quien cometa homicidio por razones de orientación sexual
o identidad de género, se le impondrán de 35 a 50 años de prisión y multa por
el importe al equivalente de mil a mil quinientas unidades de medida y
actualización.
Al dar
lectura al dictamen, el diputado Arturo García Arias, presidente de la Comisión
de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, manifestó que dichas
iniciativas de reforma al Código Penal fueron presentadas por la Diputada Ana
Karen Hernández Aceves, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del
Trabajo, además de las legisladoras Francis Anel Bueno Sánchez y Claudia
Gabriela Aguirre Luna, ambas del Grupo Parlamentario del Morena.
Los
antecedentes penales prescriben para todos los efectos legales, una vez que se
hayan cumplido las sanciones impuestas en la sentencia ejecutoriada o en su
defecto hayan prescrito las mismas. La declaratoria de prescripción de los
antecedentes penales así como su cancelación, se realizarán de oficio por las
autoridades.
Con la
reforma al Código Penal, dijo que los antecedentes penales prescriben para
todos los efectos legales, una vez que se hayan cumplido las sanciones
impuestas en la sentencia ejecutoriada o en su defecto hayan prescrito las
mismas. La declaratoria de prescripción de los antecedentes penales, así como
su cancelación, se realizarán de oficio por las autoridades.
Al mencionar
que aunado al aumento en la pena para quien cometa un feminicidio, en las
adiciones al artículo 126 del Código Penal, queda previsto que de seis meses a
dos años de prisión, y multa por el importe equivalente de uno hasta veinte
unidades de medida y actualización, si tardan en sanar más de quince días.
De dos años
cuatro meses a siete años de prisión, y multa por el importe equivalente de
cincuenta hasta noventa unidades de medida y actualización, cuando resulte la
perturbación permanente de alguna función u órgano y de dos años ocho meses a
ocho años de prisión, y multa por el importe equivalente de ochenta hasta cien
unidades de medida y actualización, si ponen en peligro la vida.
Asimismo, de
tres a nueve años de prisión, y multa por el importe equivalente de noventa
hasta doscientas unidades de medida y actualización, si producen la pérdida de
cualquier función u órgano, o causen una enfermedad, cierta o probablemente
incurable; y de tres años cuatro meses a diez años de prisión, y multa por el
importe equivalente de doscientas hasta cuatrocientas unidades de medida y
actualización, si causan incapacidad total permanente para trabajar.
Mientras que
en el artículo 127, estipula que cuando las lesiones sean producidas por
razones de género, de orientación sexual o de identidad de género, conforme a
los supuestos de los artículos 123 Bis y 124 Bis de este Código, la pena se
aumentará de seis meses a cinco años de prisión.
El presente
Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico
Oficial “El Estado de Colima”.
El Poder
Judicial del Estado de Colima, dijo el diputado Arturo García que en un término
no mayor a 90 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del
presente Decreto, deberá contar con los mecanismos y herramientas necesarias
para dar cumplimiento a lo previsto en el primer párrafo del artículo 115,
contenido en este instrumento.
García Arias
indicó que a las Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales,
de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, de Igualdad y Equidad de
Género y de Prevención y Reinserción Social, les fueron turnadas para su estudio,
análisis y dictamen correspondiente, las diversas Iniciativas de Ley con
Proyecto de Decreto presentadas.