Suprema Corte reconoce la comaternidad
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Domingo 25 de Agosto de 2019 5:18 pm
+ -Para la Primera Sala de la SCJN, la comaternidad es una figura propia de la unión familiar homoparental constituida por dos mujeres, que se refiere a la doble filiación materna.
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una tesis en la que reconoce a la
comaternidad como la situación jurídica en donde dos mujeres unidas en pareja
comparten la crianza de los hijos en común, con todas sus responsabilidades y
derechos legales.
Para la
Primera Sala de la SCJN, la comaternidad es una figura propia de la unión
familiar homoparental constituida por dos mujeres, que se refiere a la doble
filiación materna, por virtud de la cual la pareja de mujeres se encarga del
cuidado bajo su seno de uno o más hijos, como cualquier otro ejercicio de
crianza parental.
“Resulta
relevante por ser lo más protector y benéfico para el menor que nace o se
desarrolla en ese tipo de familia, privilegiar de inmediato su derecho al
establecimiento de su filiación jurídica frente a las dos personas que asumen
para con él los deberes parentales”, detalló la Corte.
Incluso, en
la sentencia redactada por la ministra Norma Piña, se explica que la
procreación y/o crianza de hijos en ejercicio de la comaternidad en uniones
familiares homoparentales, supone que necesariamente una de las mujeres que
conforman la pareja, no tiene un vínculo biológico con el hijo de su compañera,
dada la imposibilidad fisiológica de procrear entre sí.
“(Esto)
significa que en la procreación del hijo, al margen de la preferencia sexual de
la mujer progenitora, intervino un tercero, ya sea como donador anónimo del
gameto sexual masculino mediante el uso de una técnica de reproducción
asistida, o bien, a través de una relación sexual”, señala la tesis.
La sentencia
de la SCJN expone que tampoco está en duda el derecho del menor de edad, en su
caso, a la investigación futura de la paternidad y a exigir que se declare la
existencia de la filiación jurídica acorde con sus orígenes biológicos.