Semar cobrará derechos por competencias náuticas
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Jueves 19 de Septiembre de 2019 4:15 pm
+ -Por la organización de regatas y competencias entre otros servicios náuticos la Secretaría de Marina (Semar) podrá cobrar 13 derechos a partir del próximo año.
Por la
organización de regatas y competencias entre otros servicios náuticos la
Secretaría de Marina (Semar) podrá cobrar 13 derechos a partir del
próximo año.
Lo anterior,
debido a la nueva carga de trabajo que representan costos para esta
dependencia, según se expone en la iniciativa de reforma de la Ley Federal de
Derechos para 2020 que forma parte del paquete fiscal del próximo año que
analizarán y discutirá el Congreso de la Unión.
Actualmente
la Secretaría de Marina-Armada es la encargada de autorizar permisos a través
de solicitudes para organizar competencias y regatas náuticas, pero no cobra
los derechos. Es una atribución que tiene la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes, que de pasar la propuesta le cederá a la Semar.
En la
iniciativa a consideración de los diputados y senadores, se establece la
incorporación a la Ley Federal de Derechos, de las contraprestaciones por
servicios marítimos, toda vez que sus montos atienden a los costos que para el
Estado tiene la ejecución de estos servicios. Propone que las cuotas que se
paguen sean fijas e iguales para todos aquellos que los reciban, cumpliéndose
así con las garantías de proporcionalidad y equidad establecidas en la
Constitución.
Expone que
con motivo de las nuevas atribuciones en materia de servicios marítimos
conferidas a la Secretaría de Marina-Armada, se plantea a esa Legislatura la
incorporación de nuevos cobros por la prestación de servicios. Entre ellos
propone el pago de mil 349 pesos por la autorización para realizar regatas o
competencias deportivas náuticas, el cual es utilizado para dar aviso y obtener
la autorización por parte de la Autoridad Marítima.
Este permiso
sirve para que cualquier evento de esta índole se realice con las respectivas
medidas de seguridad para proteger a los tripulantes, a los usuarios e informar
a los navieros de la zona establecida para dicho evento. Por la autorización de
amarre temporal de embarcaciones y artefactos navales, en el cual la capitanía
de puerto autoriza o declara la estadía de los mismos en puerto, fuera de
operación comercial, se establece un cobro de mil 355 pesos.
Se cobrará
una cuota de mil 224 pesos por el abanderamiento, dimisión de bandera,
expedición, reposición o modificación del certificado de matrícula de una
unidad fija mar adentro. Lo anterior con
el propósito de separar esta categoría de la clasificación general de los
artefactos navales, en virtud de que en el caso de las unidades fijas mar
adentro, no se utiliza la unidad de arqueo bruto, como unidad de medida, que es
la que sirve para determinar la capacidad de explotación comercial de un buque.
Así, para
determinar el monto del derecho, se utilizan las toneladas que corresponden a
las características técnicas de las unidades fijas mar adentro. Se cobrará una cuota por el pago de derecho
por el reconocimiento en dique seco o testificación de inspección submarina a
las embarcaciones y artefactos navales.