Ordena INAI a la UAM informar número de casos de acoso, abuso, hostigamiento sexual y violación, entre 2006 y 2019
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Miércoles 09 de Octubre de 2019 4:03 pm
+ -La información es fundamental para contrarrestar el hermetismo y la opacidad que prevalece en las instituciones sobre la incidencia de estos casos: Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada del INAI.
La
Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) deberá responder una solicitud de
información en la que se pidió el número de casos de acoso, abuso,
hostigamiento sexual y violación, registrados entre 2006 y 2019 en sus
instalaciones, precisando unidad, descripción del hecho, edad y puesto del
agresor, así como edad y sexo de la víctima, resolvió el Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“Otorgar la
información solicitada es fundamental para contrarrestar las condiciones de
hermetismo y opacidad que prevalecen en diferentes instituciones públicas
respecto a los documentos que den cuenta de la incidencia de casos de abuso,
acoso, hostigamiento y violencia sexual que vivimos las mujeres en diferentes
ámbitos de nuestra vida”, planteó la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Al presentar
el caso ante el Pleno, aseguró que en la medida en que se cuente con
información precisa, relevante y confiable sobre la situación que guardan estos
fenómenos al interior de las instituciones educativas, será posible diseñar e
implementar protocolos efectivos de atención que den respuestas más favorables a
las víctimas de cualquier manifestación de violencia de género.
Ibarra Cadena
señaló que, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional para Prevenir y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en los últimos ocho años, 35 de 197
instituciones de educación superior en el país, registraron 402 quejas por
casos relacionados a comportamientos sexuales, 50 por ciento de los cuales se
dieron entre 2016 y 2018.
“La atención,
prevención y eventual erradicación de cualquier manifestación de violencia de
género requiere de información precisa y oportuna sobre su ocurrencia, magnitud
y factores relacionados a sus distintas expresiones. Por ello, garantizar el
derecho a saber es fundamental para velar por el derecho de las mujeres a una
vida libre de violencia”, afirmó la Comisionada.
El particular
que solicitó la información se inconformó y presentó un recurso de revisión
ante el INAI, debido a que la UAM no dio respuesta al requerimiento.
En el
análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra
Cadena, se advirtió que la Universidad no emitió respuesta alguna en el
transcurso de los veinte días hábiles que establece la Ley Federal de
Transparencia.
Incluso, se
verificó en la Plataforma Nacional de Transparencia que, al 5 de agosto pasado,
fecha en que el particular interpuso el recurso de revisión, no había registro
de la respuesta de la UAM.
Por las
razones expuestas, el Pleno del INAI ordenó a la UAM dar respuesta al
requerimiento del particular y acordó, por unanimidad, dar vista al área
encargada de determinar responsabilidades de la Universidad por el
incumplimiento a la atención de la solicitud.