En Nuevo León, médicos podrían negar servicio a comunidad LGBT
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Lunes 21 de Octubre de 2019 10:55 pm
+ -El congreso de Nuevo León aprobó la iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Salud, con la que los médicos de esa entidad podrían negarse a atender a personas de la comunidad LGBT. Así como a indígenas, migrantes, mujeres que quieran abortar y pacientes con VIH.
El Congreso
Local de Nuevo León, aprobó la reforma de ley que le permitirá a los
prestadores de servicio del sector salud hacer valer la objeción de conciencia
para brindar o no el servicio médico a la comunidad conformada por lesbianas,
gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), practicar un aborto o
alguna otra actividad que no sea acorde a su pensamiento.
La propuesta
estuvo a cargo de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables quienes
solicitaron reformar la Ley Estatal de Salud para hacer uso de la objeción de
conciencia, lo que significa que cualquier médico del estado puede no atender a
un miembro de la comunidad LGBTI o realizar alguna práctica u actividad que no
comulgue con la ética, valores o religión que el profesional de la salud
profese, sin que ello signifique una sanción legal o una violación a los
derechos civiles de la persona.
“La objeción
de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados
actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica
cuando éstos contradicen los propios principios éticos o morales,” reza el
comunicado emitido por el Congreso local del estado.
También se
informó que otra de las instancias que han optado por acoger la objeción de
conciencia fue la Comisión Interinstitucional de Enfermería que propuso e
integró un Código de Ética para Enfermeras donde añadió dicha reforma, que
queda expresa en la fracción IV que se adiciona al artículo 48 de la Ley
Estatal de Salud de la siguiente manera:
“IV.- el
personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud,
podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la
presentación de servicios que establece esta ley”, se expuso en el comunicado.
NL TAMBIÉN PENALIZA EL ABORTO
En marzo
pasado, el Congreso del estado de Nuevo Léon aprobó por una amplia mayoría una
reforma a la Constitución estatal para garantizar la vida desde la concepción
hasta la muerte natural, modificación que penaliza el aborto en la entidad.
Estas
modificaciones criminalizan a mujeres que realicen esta práctica, a pesar de
que hayan sido víctimas de violaciones, e incluso si su vida corre peligro.
Dicha
iniciativa de reforma que adiciona un segundo párrafo al Artículo primero de la
Constitución local, fue avalada por 30 votos a favor, ocho en contra y dos
abstenciones. El texto agregado es el siguiente:
“El estado
reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene.
Desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le
reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su
muerte natural, sin perjuicio de las excluyentes de responsabilidad previstas
en el Código Penal”, adiciona la reforma.
En un
comunicado, el Congreso neoleonés reconoció que, a su consideración, la vida
humana inicia desde el momento mismo de la concepción, es así que todo
individuo en cualquier etapa de la vida goza de los mismos derechos que la
norma jurídica contempla y reconoce, por lo cual no debe de haber distingos de
entre humanos nacidos o no nacidos, ya que al hacer una distinción se está
violentando el derecho a la igualdad.
A raíz de
estas consideraciones, los legisladores neoleoneses consideraron adecuado
adoptar medidas para reconocer plenamente este derecho en el ámbito legislativo,
ejecutivo y judicial.
Por su parte,
organizaciones feministas y defensoras de derechos humanos han mostrado su
rechazo a la reforma avalada por el Congreso estatal a través de redes
sociales, además de que decenas de mujeres se manifestaron a las afueras del
recinto dónde se encontraban los legisladores locales.