TEPJF descarta analizar ampliación de mandato en Baja California
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Miércoles 30 de Octubre de 2019 7:14 pm
+ -Con votación divida, el pleno del Tribunal desechó los recursos interpuestos por el Instituto Nacional Electoral y dos partidos más; magistrados aseguraron que el INE carece de legitimación, pues no forma parte del conflicto jurídico.
Con votación
divida, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) desechó los recursos interpuestos por el Instituto Nacional Electoral
(INE), el PRD y el Partido de Baja California, para combatir la reforma
aprobada por el Congreso bajacaliforniano para ampliar de dos a cinco años el
periodo del próximo gobierno.
Los
magistrados resolvieron, con 5 votos, que el INE carece de legitimación activa
para promover la acción declarativa solicitada, pues no forma parte del
conflicto jurídico, ni tiene legitimación para acudir en representación de los
ciudadanos de Baja California.
Con ese
recurso, el INE buscó clarificar con precisión los términos y alcances en los
cuales se produjo el llamamiento a las urnas en el estado, pero el TEPJF lo
desechó.
Respecto a la
impugnación de los dos partidos, el pleno del Tribunal recordó que la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es la única que puede resolver acciones
de inconstitucionalidad y pronunciarse sobre la constitucionalidad de las
leyes.
En contra de
los desechamientos votaron los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine
Madeline Otálora, quienes consideraron que el Tribunal sí debía pronunciarse
sobre el fondo del caso.
La reforma
constitucional en sí misma es suficiente para revisar las condiciones de la
reforma que amplió el periodo del gobernador electo, pues ésta viola la
Constitución, estimó el magistrado Rodríguez.
La magistrada
Janine Madeline Otálora también votó en contra del desechamiento, pues a su
juicio tanto la impugnación de los partidos al decreto avalado por el Congreso
del estado, como el juicio promovido por el INE, son procedentes y debe
entrarse al fondo del caso: "alterar de forma retroactiva el periodo de
gobierno para el cual fue convocada esa elección viola el voto ciudadano".
El mensaje
que el TEPJF tiene que dar es "aclarar con todas sus letras que dicha
constancia de validez" es conforme a las reglas de ese momento, es decir,
el gobernador fue electo para el periodo del 1 de noviembre de 2019 a octubre
de 2021.
Expuso que a
su juicio no hay una hipotética invasión de esferas con las facultades de la
SCJN, pues el Tribunal no se pronunciaría respecto a si la reforma local fue o
no conforme a la Constitución, eso le tocará definir a la Corte en acciones de
inconstitucionalidad.
Pero el TEPJF
si puede aclarar el periodo de gobierno, pues la validez de la elección pues ya
es cosa juzgada y con independencia de que la constancia de validez no lo
indique, la vigencia válida es la que estaba establecida al momento de la
elección, se pronunció.