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Día de descanso obligatorio debe pagarse doble



Lunes 18 de Noviembre de 2019 8:19 am

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De acuerdo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), hoy lunes 18 de noviembre es descanso obligatorio, por lo que quienes laboren deberán recibir el pago doble, informó el director del trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Hugo Arturo Vergara Chávez.
Mediante boletín de prensa, se informó que el artículo 73 de la LFT establece que los trabajadores no están obligados a prestar servicio en sus días de descanso, sin embargo, en aquellos casos donde sea necesario que parte del personal labore, el empleador está obligado a cubrirle un salario doble, independiente del salario que le corresponde por el descanso.
El funcionario estatal ejemplificó lo anterior al señalar que, si un trabajador recibe como salario diario 100 pesos, al trabajar cualquiera de estos 2 días de descanso obligatorio, deberá recibir 200 pesos más, lo que suma 300 pesos por trabajar en estas fechas.
Vergara Chávez detalló que estos acuerdos entre las partes deben negociarse previamente a fin de evitar malos entendidos y conflictos laborales. 
Invitó a quienes no se les respete lo establecido por la Ley, a acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde se le brindará la asesoría que requieran.
Este beneficio aplicará al personal que presta servicios en los comercios instalados en la Feria de Todos los Santos, esto en caso de que decidan y se autorice aplazar el tiempo de ventas un par de días.

Hugo VELÁZQUEZ ROQUE



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