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Diputados declaran constitucionalidad de reforma para revocación de mandato



Jueves 28 de Noviembre de 2019 1:51 pm

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Luego de que los diputados aprobaran la minuta sobre revocación de mandato y consulta popular, 17 congresos locales la avalaron hoy


La Cámara de Diputados emitió hoy la declaratoria de constitucionalidad de la reforma en materia de consulta popular y revocación de mandato.
El pasado 5 de noviembre los diputados avalaron la minuta del Senado de la República sobre dicha reforma y la turnaron a los congresos locales para su análisis y ratificación.
Hoy, los congresos de Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala aprobaron la reforma.
Únicamente el congreso de Guanajuato fue el que se pronunció en contra.
Contabilizados los votos, la presidenta en funciones de la Mesa Directiva, Dolores Padierna, declaró “reformadas y adicionadas las diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato”.
El decreto modifica y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122 de la Constitución.
En materia de revocación de mandato, se establece que el presidente de la República, las y los gobernadores de los estados y el jefe o la jefa de Gobierno de la Ciudad de México serán sujetos de la misma.
En el caso del presidente, el proceso de revocación será convocado por el INE a petición de al menos el tres por ciento de la lista nominal de electores en al menos 17 entidades federativas, mismas que también deberán reunir el tres por ciento de su lista nominal de manera individual.
“Se solicitará en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del mandato”, señala la reforma.
Durante la duración del proceso se deberá suspender la difusión en medios de comunicación de toda propaganda gubernamental, en tanto que los resultados podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Para ejercer la revocación de mandato con Andrés Manuel López Obrador, la recolección de firmas tendrá que comenzar en noviembre y concluir el 15 de diciembre de 2021.
En el caso de las consultas populares, deberán ser sobre temas de trascendencia nacional y regional. Los temas nacionales deberán ser respaldados por el dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores. Los regionales deberán impulsarse por el dos por ciento de la lista nominal de electores de cada estado.

Agencias



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