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Hasta 7 años de prisión a quien ejerza violencia familia



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Martes 03 de Marzo de 2020 5:34 pm

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Con 431 votos a favor y uno en contra, el pleno de la Cámara de Diputados avaló modificaciones al Código Penal Federal; el dictamen fue enviado al Senado de la República.


Con 431 votos a favor y uno en contra el pleno de la Cámara de Diputados avaló modificaciones, al Código Penal Federal para castigar hasta con 7 años de prisión a quien ejerza la violencia familiar y de manera paralela, el agresor perderá el derecho a pensión alimenticia. "A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de tres a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado", describe la modificación al artículo 343 Bis del Código Penal Federal. 

En un dictamen que fue enviado al Senado de la República también se aumenta de cuatro hasta siete años, a quien realice violencia familiar contra personas sujetas a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona. 

"Se equipara a la violencia familiar y se sancionará con tres a siete años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona", describe la modificación al artículo 343 Ter del mismo Código Penal Federal.

De acuerdo con el Código Penal Federal comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares de 2016, 43.9% de las mujeres que tuvieron una relación sentimental sufrieron algún tipo de agresión o violencia por parte de su pareja, y el 42.5% que se han unido o casado han sido víctimas de violencia física o sexual. 

De conformidad con los Instrumentos Internacionales suscritos por México en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia en contra de las mujeres, es necesario fortalecer la protección de las mujeres y niñas en la legislación penal mexicana.

De manera paralela, la Cámara de Diputados aprobó cambios a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de que las autoridades correspondientes diseñen políticas y programas de desarrollo empresarial, industrial y comercial en favor del empoderamiento igualitario entre mujeres y hombres. 

El dictamen, aprobado con 408 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, adiciona una fracción X bis al artículo 34 de dicha ley; fue remitido al Senado de la República. El documento resalta que es fundamental empoderar a las mujeres y desarrollar condiciones para su plena participación en la política, la economía, la cultura, los negocios y en todas las áreas del desarrollo en un plano de igualdad. 

Subraya que, aun cuando el incremento de la participación de las mujeres durante las tres últimas décadas ha sido consistente, "las disparidades de género siguen siendo considerables", pues existen barreras invisibles en cuanto a los salarios, al acceso a puestos directivos, y están excesivamente representadas en los sectores económicos de baja productividad y/o en la economía informal. 

Refiere que, de acuerdo a información de Naciones Unidas, la plena participación de las mujeres en la fuerza de trabajo añadiría puntos porcentuales a la mayoría de tasas de crecimiento nacional que serían, en muchos casos, de dos dígitos. La inversión en programas que mejoran las actividades generadoras de ingresos para las mujeres puede generar unos beneficios de 7 dólares por cada dólar gastado.

EL UNIVERSAL



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