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Clausura Profepa predio por realizar remoción de vegetación forestal, en Cuauhtémoc, Colima



FOTO AGENCIA

Lunes 30 de Marzo de 2020 5:22 pm

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Se afectó una superficie de 450 metros cuadrados y arbolado de tacote, tepame, chicalote, papelillo y majahua.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera temporal total obras y actividades en un predio ubicado en el lugar conocido como La Joya, en el Municipio de Cuauhtémoc, Colima, por realizar la remoción de vegetación forestal en terrenos forestales sin contar con la autorización que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

En atención a una denuncia popular, personal de la Profepa acudió al sitio donde levanto acta de inspección asentando que, para la remoción de vegetación forestal en una franja de 3 metros por 150 metros de longitud, se utilizó maquinaria pesada, por las evidencias detectadas de especies desenraizadas que se encontraron tiradas en el camino.

Lo anterior afectó una superficie de 450 metros cuadrados y daño arbolado conocido comúnmente en la región como tacote, tepame, chicalote, papelillo y majahua, propio de selva baja caducifolia.

Por tal motivo, se impuso como medida de seguridad la clausura temporal total de las actividades en el predio forestal, de conformidad con lo establecido en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

Cabe señalar que con fundamento en lo señalado en el artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, rango equivalente de entre 8 mil 688 pesos a un millón 737 mil 600 pesos, así como ser obligados a realizar las medidas de restauración del sitio afectado, independientemente de las sanciones penales que resulten.

Finalmente, se le hizo saber al inspeccionado las penas y sanciones a que podría hacerse acreedor, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 del Código Penal Federal, en caso de que quebrantara alguno de los sellos colocados por esta autoridad ambiental.

AGENCIAS



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