Recomiendan a aseguradoras no pagar dividendos ante Covid-19

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Martes 31 de Marzo de 2020 6:09 pm
+ -La Secretaría de Hacienda y Crédito Público recomendó no pagar dividendos a sus accionistas o algún otro mecanismo de recompensa ante la contingencia del coronavirus, de lo contrario, deberán dar aviso a las autoridades regulatorias.
Con el fin de
que las compañías de seguros y afianzadoras que operan en México no se
descapitalicen al hacer frente a sus compromisos por la pandemia del Covid-19,
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), recomendó no pagar
dividendos a sus accionistas o algún otro mecanismo de recompensa.
De lo
contrario, deberán dar aviso a las autoridades regulatorias explicando los
motivos por los cuales no pudieron atender dicha recomendación.
En un
comunicado difundido este martes por la tarde, la SHCP explicó que la pandemia
generada por el coronavirus, y las medidas sanitarias que se están tomando para
evitar su propagación, pudieran generar un impacto negativo en diversas ramas
de la economía, incluyendo al sector asegurador y afianzador.
Refirió que
al igual que en otros países, en México la Comisión Nacional de Seguros y
Fianzas (CNSF) recomendó al sector adoptar medidas tendientes a preservar la
solvencia y el capital de las empresas.
Una de ellas
es que se abstengan de acordar el pago de dividendos a sus accionistas, así
como cualquier mecanismo o acto que implique una transferencia de beneficios
patrimoniales a estos o asumir el compromiso irrevocable de pagarlos por lo que
respecta a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, incluyendo la distribución
de reservas.
Lo anterior,
con el objeto de que las instituciones de seguros y de fianzas puedan continuar
con su responsabilidad de apoyar la economía, conservar su capital y absorber
las pérdidas que puedan generarse con motivo de dicha pandemia, expuso.
Otra es que
tampoco podrán llevar a cabo recompras de acciones o cualquier otro mecanismo
tendiente a recompensar a los accionistas.
Los que no
sigan estas recomendaciones, señaló, deberán dar aviso por escrito a la CNSF,
dentro de los próximos 10 días hábiles, firmado por el director general y
explicando las razones por las cuales no atenderán las recomendaciones, mismas
que deberán hacerse del conocimiento público.