INE define ruta a partidos que quieran renunciar a recursos públicos

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Miércoles 08 de Abril de 2020 9:06 pm
+ -El INE definió que todo partido político que determine renunciar a una parte o la totalidad de los recursos públicos que le corresponden, podrá hacerlo a partir de mayo.
El Instituto
Nacional Electoral (INE) definió que todo partido político que determine
renunciar a una parte o la totalidad de los recursos públicos que le
corresponden, podrá hacerlo a partir de mayo próximo.
Los recursos
de prerrogativas ya depositados no pueden ser devueltos al INE y tampoco ser
entregados en donación a alguna institución pública o de manera directa a la
ciudadanía.
"Los
partidos políticos están obligados a utilizar los recursos de sus prerrogativas
para los fines expresos que mandata la ley (…) no tienen la posibilidad de
realizar ningún tipo de ‘donación’ de los bienes y recursos públicos o privados
de que dispongan de conformidad con las normas que regulan su financiamiento,
pues la misma no se encuentra entre sus atribuciones como entidades de interés
público e incluso se encuentra prohibida en la normatividad que rige la
materia", difundió el INE a través de un comunicado.
Detalló que
el presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar,
envió al INE un oficio en el que se informa de los acuerdos de ese órgano de
dirección partidista para la devolución del 50% de las prerrogativas ordinarias
de ese instituto político correspondientes al ejercicio 2020, así como de su
intención de devolver el mismo porcentaje de los montos recibidos entre enero y
abril de este año.
Un partido
político, añadió el INE, puede renunciar a parte o a la totalidad del
financiamiento público que le corresponda en los términos de lo establecido en
el artículo 41 constitucional, siempre y cuando no lo haya recibido aún.
El INE
precisó que la renuncia a esos recursos puede aplicarse exclusivamente a las
ministraciones mensuales que aún no hayan sido depositadas en la cuenta
partidista correspondiente; es decir, puede aplicarse exclusivamente respecto
de los recursos aún no entregados al partido político.
La razón de
ello, añadió, es que los montos ya depositados en la cuenta bancaria del
partido político son recursos que ya entraron a su patrimonio y, por lo tanto,
de acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, deben ser destinados
exclusivamente a los fines para los que les fueron entregados, es decir, a un
objeto de gasto partidista.
"De no
ocurrir así (como ocurriría si los recursos fueran ‘donados’ –la donación de
recursos, insistió el INE, no corresponde a un fin partidista–), los mismos
serían observables en los procedimientos de fiscalización respectivos y objeto
de sanción por parte de la autoridad electoral", mencionó.
Por ello es
que lo correspondiente al financiamiento ordinario enero-abril de este año,
puntualizó, no puede ser "devuelto". El Instituto solicitó al
dirigente nacional de Morena que precise las "modalidades" mediante
las cuales ese partido político desea renunciar a parte del financiamiento
público ordinario que le resta por recibir a partir de mayo siguiente. De ese
modo podría cumplir el mandato de su órgano nacional de dirección y permitiría
que el Consejo General del Instituto pueda tomar la determinación
correspondiente.
El 50% del
financiamiento de Morena para 2020 equivale a 785.6 millones de pesos. En
consecuencia, dicho partido político puede, en cumplimiento de sus acuerdos,
alcanzar ese monto con el financiamiento que reciba a partir de mayo y hasta
diciembre próximo. Sólo debe informar al INE las cantidades que le serían
retenidas mes con mes.
El INE aclaró
que cualquier retención de recursos de partidos políticos, deberá considerar
antes la cobertura de sanciones o multas impuestas y que hayan quedado
jurídicamente firmes.
La renuncia a
prerrogativas no elimina la obligación de llevar a cabo actividades específicas
y de promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Los recursos
que le corresponden como prerrogativas a un partido político nacional y que el
Instituto Nacional Electoral deje de depositar a las cuentas de dicho partido,
en virtud de una renuncia expresa, se reintegrarán inmediatamente a la
Tesorería de la Federación, para que dicho órgano del gobierno mexicano
disponga de los mismos en los términos de la legislación aplicable, y, en tal
sentido, el Instituto Nacional Electoral no dispone de ninguna atribución para
dar seguimiento al destino de esos recursos.