Niega Corte a Telmex brindar servicios como operador móvil virtual
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Jueves 14 de Mayo de 2020 7:29 pm
+ -Este miércoles, la segunda sala de la SCJN resolvió que Telmex no puede brindar servicios como operador móvil virtual.
Este
miércoles, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
resolvió que Telmex no puede brindar servicios como operador móvil virtual.
“La Justicia
de la Unión no ampara ni protege a Teléfonos de México, sociedad anónima
bursátil de capital variable, y Teléfonos del Noroeste, sociedad anónima de
capital variable, en contra del último párrafo del artículo 174 de la Ley
Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, decidió la Corte.
Dicho párrafo
menciona que el agente económico que haya sido declarado preponderante en el
sector de telecomunicaciones, en este caso Telmex, o los concesionarios que
formen parte del grupo económico al que pertenece el agente económico declarado
como preponderante, no podrán participar de manera directa o indirecta en alguna
empresa comercializadora de servicios.
En sesión, la
segunda sala concluyó que son constitucionales tanto el artículo 174 de la LFTR
como el artículo 10 de los Lineamientos para la comercialización de servicios
móviles emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
La
comercialización de servicios móviles o los prestadores de telefonía como
operadores móviles virtuales son aquellas empresas que usan la red de
telecomunicaciones de otra compañía para brindar acceso a usuarios finales.