Presentan amparo para que Gatell dejé de dar conferencias por Covid
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Martes 19 de Mayo de 2020 4:02 pm
+ -La juez Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México admitió a trámite la demanda, pero rechazó suspender las conferencias de prensa del subsecretario de Salud.
El Gobierno
federal fue demandado por la vía del amparo para que deje de realizar las
conferencias de prensa vespertinas en las que el subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, diariamente informa sobre la pandemia
del Covid-19.
La juez
Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México admitió a
trámite la demanda, pero rechazó suspender las conferencias de prensa de
López-Gatell y las medidas implementadas por el Gobierno federal para hacer
frente a la pandemia por considerar que se afectaría el interés público.
"En
efecto, en el Informe Diario sobre Coronavirus, encabezado por Hugo
López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, se explica
de manera gráfica cómo se está comportando la pandemia en el mundo, la tasa de
letalidad global, la transmisión o los casos confirmados, la actualización de
nuestro panorama nacional, la distribución por entidad federativa, por tasa de
incidencia acumulada, por grupo de edad, así como las defunciones, entre otros
datos de interés general, lo cual no puede suspenderse ante el cuestionamiento
de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o
actualizados", precisó.
Destacó que
las conferencias vespertinas son el canal de comunicación establecido por el
Gobierno con la ciudadanía.
El amparo fue
presentado por el presidente de la Fundación para la Promoción del Altruismo,
Óscar David Hernández Carranza, quien alegó que los funcionarios que participan
en las conferencias incurren en omisiones y contradicciones sobre la
información que presentan.
"De
concederse la suspensión para los efectos solicitados, se impediría mantener
informada a la población en México de la situación que impera en el país
respecto a la pandemia generada por el virus denominado SARS-CoV2.
“En esas
condiciones, lo procedente es negar la suspensión provisional solicitada por
Óscar David Hernández Carranza”, añadió la juzgadora.