Revocan proceso sancionador en contra Rojas Díaz Durán
Foto Internet
Miércoles 03 de Junio de 2020 6:35 pm
+ -El aspirante a la dirigencia nacional fue denunciado por presuntas conductas que vulnerarían los estatutos de Morena.
El Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emplazó a la Comisión de
Nacional de Honestidad y Justicia de Morena (CNHyJ) aplicar sus normas a la
hora de resolver quejas interpartidistas, con lo que revocó el inicio de un
procedimiento ordinario sancionador en contra del aspirante a la dirigencia
nacional, Alejandro Rojas Díaz Durán.
El senador
suplente fue denunciado por las integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN)
morenista Edi Margarita Soriano Barrera, secretaria de Indígenas y Campesinos,
y Martha García Alvarado, secretaria de Mexicanos en el Exterior y Política
Internacional, por presuntas conductas que vulnerarían los estatutos de ese
partido y que a su juicio ameritarían una sanción.
Según las
dirigentes, Rojas ha usurpado funciones de la dirección de Morena con su
activismo, por ejemplo, al publicar un Plan Nacional de Organización de Morena
por la crisis del Covid-19; impulsar la credencialización de la militancia,
realizar labores de "campaña" rumbo a la elección de la dirigencia
nacional; "manipulación de voluntades" y "denostación constante
en redes sociales contra la dirigencia" además de pinta de bardas con su
nombre.
Por todos
esos casos la CNHyJ decidió abrir un procedimiento ordinario sancionador contra
Rojas, quien impugnó la decisión ante el TEPJF pues expuso que con esa
clasificación podrían manejarse discrecionalmente los tiempos para no resolver
el caso y eso podría dejarlo fuera del proceso de renovación de dirigencia
morenista.
La pretensión
de Rojas era que se desahogaran los casos en un procedimiento especial
sancionador, es decir, como un asunto propio de una contienda interna, lo que
permitiría su desahogo de forma expedita.
Por
unanimidad los magistrados emplazaron a la CNHyJ a resolver en 24 horas a
partir de que sea notificada, y emitir
un nuevo acuerdo o varios, para determinar por cuáles conductas se justifica el
inicio de un procedimiento electoral sancionador y por cuáles y proceso
ordinario sancionador en el caso de actos no vinculados con el proceso de
renovación interna de la dirigencia del partido.