México gana arbitraje internacional a Tele-Fácil; empresa pagará 2 md
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Miércoles 17 de Junio de 2020 9:43 pm
+ -El pasado 27 de abril de 2016, Joshua Dean Nelson, inversionista de la empresa Tele Fácil México, había iniciado un arbitraje contra el Estado al señalar que fue destruida su inversión en el país.
Un tribunal
internacional resolvió un arbitraje en favor del Estado mexicano tras las
reclamaciones interpuestas por la empresa Tele-Fácil, la cual deberá pagar dos
millones de pesos al gobierno de México por los gastos incurridos en el
proceso.
Dicho
tribunal resolvió el caso conforme el Capítulo XI del Tratado de Libre Comercio
de América del Norte (TLCAN) y el Reglamento de Arbitraje de 1976 de la
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional,
explicó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en un comunicado.
El 5 de junio
de 2020, el tribunal internacional "rechazó las reclamaciones por parte de
los inversionistas y la empresa Tele-Fácil en contra de los Estados Unidos
Mexicanos, superiores a 472 millones de dólares".
El 27 de
abril de 2016, Joshua Dean Nelson, inversionista de la empresa Tele Fácil México,
S.A. de C.V. inició un arbitraje inversionista-Estado al señalar que
determinadas medidas emitidas por el IFT y decisiones de juzgados y tribunales
especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del
Poder Judicial de la Federación (PJF) destruyeron su inversión en el país.
Fue el Centro
Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI),
organismo del Banco Mundial, quien hizo público el laudo a favor de México el 17 de junio.
"El
tribunal determinó que la defensa encabezada por la Secretaría de Economía, con
el apoyo técnico del IFT, demostró que las medidas reclamadas por el Demandante
no constituyeron una expropiación ni son violatorias de la obligación de
otorgar trato justo y equitativo a inversionistas extranjeros, ni constituyen
una denegación de justicia, conforme al Capítulo XI del TLCAN".
La resolución
confirma que, aunque inversionistas extranjeros no compartan o estén de acuerdo
con las determinaciones de autoridades especializadas en la materia o con las
decisiones de tribunales locales, este tipo de hechos no equivalen a una
violación de obligaciones internacionales por parte de México, detalla el IFT.