Ordenan sancionar a “El Bronco” por anomalías electorales en 2018
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Miércoles 17 de Junio de 2020 7:07 pm
+ -El TEPJF confirma que el Congreso de Nuevo León debe imponer medida al gobernador.
La Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
confirmó que el Congreso del estado de Nuevo León debe imponer sanciones al
gobernador de Nuevo León, Jaime Helidoro Rodríguez Calderón, “El Bronco”, y al
secretario de gobierno, Manuel Florentino González, por irregularidades
electorales de 2018.
En el caso de
González, los legisladores locales deberán agotar el procedimiento hasta la
ejecución de las sanciones, pero no en el caso del mandatario local,
ratificaron los magistrados.
Ambos
funcionarios neoleoneses incurrieron en irregularidades electorales en 2018
para favorecer al entonces gobernador con licencia, Rodríguez Calderón, pues se
confirmó que usaron a 572 trabajadores del estado, es decir recursos públicos,
para recolectar firmas en pro de su candidatura presidencial independiente.
Este
miércoles la Sala Superior resolvió sendos recursos promovidos por González
Flores y determinó que argumentar que el proceso está suspendido tanto por la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –ante la que "El
Bronco" presentó controversia constitucional—como por el Tribunal de
Justicia Administrativa del estado, y que por tanto no se pueden imponer
sanciones, es infundado.
Esto porque
ambas suspensiones no fueron materia de análisis, ni de la sentencia del 2 de
marzo emitida por la Sala Especializada
del TEPJF en la que se ordenó al Congreso Local de Nuevo León a concluir el
proceso de imposición de sanciones, pero no ejecutarla en el caso del
gobernador del estado.
En esa
sentencia la Sala Regional Especializada declaró que el Congreso del estado no
ha cumplido la orden de imponer sanciones, lo instó a hacerlo a más tardar el
24 de abril pasado y lo apercibió a hacerlo.
En su
análisis la Sala Superior estableció que el impugnante "parte de la
premisa incorrecta de que se dejó en absoluta libertad al Congreso para
determinar una sentencia en su contra, pues si se acreditó la responsabilidad y
se ordenó se impusiera una sanción atendiendo a la gravedad señalada por la
Sala Especializada…comunicar al Congreso la sentencia no fue para que analizar
la posibilidad de sancionar, sino para que procediera a imponer una
sanción".
En la segunda
sentencia combatida por González, la Sala Regional decretó la suspensión
temporal de su orden de imponer sanciones en ese plazo, debido a la emergencia
sanitaria por el Covid-19.
De acuerdo al
impugnante la Sala no se pronunció sobre la suspensión decretada por el
Tribunal de Justicia Administrativa local.
Los
magistrados valoraron que el objetivo de la impugnación era lograr la
revocación de la sentencia en la que ordenó ejecutar sanción en contra del
secretario general del estado.