Ordena Juez a SLP dar televisión a MIchel para que pueda estudiar
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Miércoles 07 de Octubre de 2020 4:53 pm
+ -La Secretaría de Educación estatal informó a la juez que de manera automática Michel fue reinscrita al ciclo escolar 2020-2021 desde agosto pasado y que el programa Aprende en Casa se basa en el contenido de los libros de texto y que las clases por televisión o por internet únicamente son un apoyo.
La Juez
Octavo de Distrito en San Luis Potosí requirió al gobernador de estado, Juan
Manuel Carreras, para que ordene a la Secretaría de Educación de la entidad que
entregue una televisión a la niña que tramitó un amparo para que pueda tomar
sus clases a distancia.
En el amparo,
Michel a través de su mamá afirmó que no le permitieron inscribirse al segundo
año de primaria y que no cuenta con recursos económicos para tener acceso a
internet ni con una televisión para tomar clases a distancia conforme al
programa Aprende en Casa.
El Universal informó que la juez le
concedió una suspensión provisional en la que ordenó a las autoridades
educativas de la entidad informar si es cierto que Michel no estaba inscrita en
el ciclo escolar 2020-2021, las razones y proporcionarle una televisión para
que pueda acceder al programa Aprende en Casa.
La Secretaría
de Educación estatal informó a la juez que de manera automática Michel fue
reinscrita al ciclo escolar 2020-2021 desde agosto pasado y que el programa
Aprende en Casa se basa en el contenido de los libros de texto y que las clases
por televisión o por internet únicamente son un apoyo.
Que para
casos de niños con escasos recursos, como Michel, se implementó un programa de
cuadernillos de trabajo semanales para que pueda continuar con su educación y
omitió indicar si le entregará o no la televisión.
De acuerdo
con Raquel Álvarez, abogada de la mamá de Michel, ayer por la noche el director
de la escuela Graciano Sánchez, ubicada en el municipio de Soledad de Graciano
Sánchez, acudió a casa de Michel para explicarle a su mamá que debe acudir al
plantel por los libros.
Sin embargo,
la juez consideró que independientemente de la entrega de los libros de texto,
la Secretaría de Educación estatal le debe proporcionar la televisión a la
niña.
“Deberán
acatar la suspensión provisional concedida, en cuanto a brindarle en resguardo
un aparato televisor para que pueda acceder al programa de ‘Aprende en Casa’ al
igual que la mayoría de estudiantes, pues como lo sostienen las propias
responsables, es una herramienta que constituye un mecanismo complementario
para fortalecer la implementación de los planes y programas de estudio.
“Luego, al
conformar lo anterior y los libros de texto, una unidad que constituye el
acceso a una educación que debe ser inclusiva y universal, donde además, debe
priorizarse el interés superior de la menor en la permanencia y participación
de los servicios educativos y por así haberse ordenado desde la suspensión provisional,
es que las autoridades responsables se encuentran conminadas a cumplir con la
misma”, señaló la juez.
Por ello,
requirió al gobernador Carreras para que ordene a la Secretaría de Educación
cumplir con la suspensión en los términos en los que fue emitida, de lo
contrario, los funcionarios responsables podrían ser sancionados por desacato a
un mandato judicial.