“No es grave, es gravísimo”; reaccionan a reforma a ley de Banxico: Gabriela Siller
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Jueves 10 de Diciembre de 2020 6:44 pm
+ -Seguramente la iniciativa surge para mejorar el funcionamiento del sistema financiero mexicano, pero al ser del terreno de Banco de México, lo mejor hubiera sido consultarlo y ver las mejores alternativas y tiempos para llevar a cabo la reforma: Gabriela Siller
El pleno del
Senado aprobó la reforma a la Ley del Banco de México en materia de captación
de divisas en efectivo.
Con ello, el
banco central estará obligado a absorber los dólares en efectivo del sistema
financiero que circulen provenientes de actividades turísticas, remesas y el
excedente de los bancos que repatrían a sus corresponsales en el exterior, así
como otros cuyo origen pudiera ser de procedencia ilícita, dijo Gabriela
Siller, directora de Análisis Económico Financiero de Banco BASE en un reporte.
Actores del
medio económico reaccionaron a la aprobación de Ley: Riesgos
De acuerdo
con Gabriela Siller, existen tres riesgos relevantes:
•En primer
lugar, cambiar la ley del Banco de México, sin consultarlo, puede llegar a
interpretarse como una vulnerabilidad de su autonomía, sobre la cual recae la
reputación, necesaria para la consecución del objetivo de inflación estable.
Además, Banco de México, al ser el administrador de la política monetaria de
México, representa uno de los pilares sobre los cuales se sustenta la confianza
sobre nuestra economía.
•El segundo
riesgo, es el cambiar, entre otros artículos, el 20, que dicta los activos en
los que pueden utilizarse las reservas internacionales. Esto es especialmente
importante, pues surge semanas después de que se sugiriera utilizar las
reservas internacionales para comprar deuda de Pemex, lo cual de acuerdo a lo
establecido en dicho artículo no está permitido. Las reservas no son un ahorro
del gobierno y respaldan al dinero en circulación, por lo que usarlas en deuda
de una empresa mexicana atentaría contra el respaldo del dinero en circulación.
Asimismo, las reservas internacionales forman parte de la balanza de pagos, y
en el pasado, su disminución llevó a México a desequilibrios que terminaron en
crisis económicas.
•Finalmente,
el tercer riesgo surge porque la iniciativa propone que el Banco de México
reciba dólares en efectivo, que en caso de tener un posible origen ilícito
pondría al banco central en riesgo de ser sancionado por instituciones
internacionales, con la posibilidad de congelamiento de cuentas y activos,
entre los que se encuentran las reservas internacionales.
Cabe destacar
que las instituciones financieras se han encargado hasta ahora de recibir el
efectivo proveniente de remesas y turismo y están sujetas a reglamentación en
su operación, para prevenir el “lavado” de dinero.
Seguramente,
la iniciativa surge para mejorar el funcionamiento del sistema financiero
mexicano, pero al ser del terreno de Banco de México, lo mejor hubiera sido
consultarlo y ver las mejores alternativas y tiempos para llevar a cabo la
reforma, consideró Siller.
¿Qué hace Banxico?
El Banco de
México tiene como objetivo mantener el poder adquisitivo de la moneda bajo un
esquema de baja inflación. Para la instrumentación de la política monetaria la
teoría económica dicta que existen tres herramientas: operaciones de mercado
abierto, encaje legal y la tasa de interés. En la práctica, la tasa de interés
es la que funciona como el instrumento.
Entre los
activos del Banco de México se encuentran las reservas internacionales,
denominadas en dólares, pero que de acuerdo al artículo 20 de la Ley del Banco
de México pueden ser compuestas de 1) billetes y monedas metálicas extranjeros,
2) depósitos, títulos, valores y demás obligaciones pagaderas fuera del
territorio nacional, considerados de primer orden en los mercados
internacionales, denominados en moneda extranjera y a cargo de gobiernos de
países distintos de México, de organismos financieros internacionales o de
entidades del exterior, siempre que sean exigibles a plazo no mayor de 6 meses
o de amplia liquidez, 3) créditos a cargo de bancos centrales, exigibles a
plazo no mayor de 6 meses, cuyo servicio esté al corriente y de 4) derechos
especiales de giro del FMI.