Inai instruye al INE dar a conocer datos del Registro de Precandidatos
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Sábado 26 de Diciembre de 2020 7:28 pm
+ -También se advirtió que el INE sólo se pronunció sobre el proceso electoral federal 2018, en lugar de hacer la búsqueda de todos los procesos electorales en los que ha participado a partir de 2016
Por decisión
unánime del pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales (Inai), se instruyó al Instituto
Nacional Electoral (INE) dar a conocer los datos del Sistema Nacional de
Registro de Precandidatos y Candidatos, incluidos los de aspirantes y
candidatos independientes, desde que se conformó el registro.
Así lo
resolvieron los integrantes del pleno del Inai, luego que un solicitante
requiriera los datos al organismo electoral y como respuesta el INE declara
como inexiste la información de algunos años; además, clasificó el dato de edad
y género, lo cual inconformó al solicitante quien presentó un recurso de
revisión ante el órgano de transparencia.
Cabe
mencionar que el INE sólo proporcionó la lista de candidatos registrados por
los partidos políticos nacionales, coaliciones e independientes para los cargos
de presidentes, senadores y diputados del proceso electoral del periodo
2017-2018, así como los listados de precandidatos a diputados federales y senadores
de la República del proceso electoral federal 2018, mientras que el solicitante
requería todos los datos desde que se conformó el registro.
La
comisionada presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra Cadena, fue la encargada
de presentar el caso ante el pleno y señaló que “en la medida en que se
entregue la información, se permitirá que la ciudadanía conozca el cumplimiento
de los requisitos legales de los procesos electorales y las cuotas de paridad
de género”.
Agregó que la
información solicitada, además de ayudar a que la ciudadanía tome decisiones
más informadas en materia electoral, también facilitará instancias de control
que abonen a la rendición de cuentas.
“En la
actualidad, no podemos entender a los regímenes democráticos sin la celebración
de elecciones abiertas, libres y competitivas, pues los comicios, además de
servir como un instrumento para designar a nuestras autoridades, dotarles de
legitimidad, establecer controles al ejercicio del poder y promover una
alternancia pacífica y ordenada, también fungen como una de las principales
vías para la gobernabilidad al posibilitar que la ciudadanía se involucre y
participe en la vida política”, precisó Ibarra Cadena.
En otro
momento, la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del
INE puso a disposición una base de datos del Sistema Nacional de Registro
correspondiente a los procesos electorales 2015-2016, precisando que no contaba
con los datos solicitados, debido a que la norma no los preveía en ese periodo,
pero clasificó la edad y el género.
Con respecto
a la clasificación del dato del sexo de las candidatas y candidatos, se
concluyó que la información es pública, pues en algunos casos constituye una
obligación de transparencia y, en otros, un requisito para atender el principio
de paridad de género, indicó la comisionada.
“En relación
con la edad, se consideró también un dato público, ya que en algunas ocasiones
representa un requisito para contender por el cargo y, en otras, un elemento
que contribuye a la toma de decisiones a partir de cualidades, aptitudes y
experiencia para desempeñar el cargo”, puntualizó la presidenta del Inai.
La
comisionada Ibarra Cadena determinó que no existe certeza del criterio de
búsqueda utilizado por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos para localizar la información, pues entre sus atribuciones se
encuentra la de generar las listas requeridas en el Sistema Nacional de
Registro.
También se
advirtió que el INE sólo se pronunció sobre el proceso electoral federal 2018,
en lugar de hacer la búsqueda de todos los procesos electorales en los que ha
participado a partir de 2016, cuando surgió la obligación de cargar información
en tal sistema.
Por ello, el
Pleno del Inai instruyó al INE a modificar la respuesta para que se realice una
búsqueda exhaustiva de la información requerida en la Unidad Técnica de
Fiscalización y en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos, así como de aquellas variables que, de acuerdo a la normatividad, se
debían registrar.