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Publican reglamento para operación del Chofer Pro



Domingo 03 de Enero de 2021 7:00 am

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Ya estaban contemplados en la Ley de Movilidad, pero faltaba especificar su regulación


El Gobierno Estatal validó el reglamento que permite la operación y además regula el servicio de transporte privado a través de la modalidad de las diversas plataformas digitales.
A partir del pasado 20 de diciembre entraron en vigor las disposiciones legales que le permitirán a la Secretaría de Movilidad vigilar los servicios de transporte que prestan empresas como Úber y Chofer Pro.
El reglamento que se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Colima señala que la Ley de Movilidad Sustentable del Estado ya regula el servicio de transporte privado por arrendamiento a través de aplicaciones tecnológicas.
Sin embargo, el reglamento recién publicado permite crear condiciones de seguridad para los usuarios y establecer mecanismos específicos para la regulación de tal servicio.
El artículo 8 menciona que la Secretaría de Movilidad tiene las facultades de otorgar los permisos para que este tipo de empresas operen; en tanto, los artículos 9 y 10 mencionan los requisitos que deberán cubrir, entre ellos el pago de derechos.
En tanto, el artículo 7 señala que dichas compañías están obligadas a ofrecer una serie de medidas de protección, para que los usuarios identifiquen a las personas que les estarán prestando el servicio.
Dicho artículo refiere que aquellas personas que utilicen las plataformas digitales para solicitar un servicio de transporte tendrán que conocer el nombre completo del operador, así como una fotografía para poder identificarlo.
Además, la ruta de traslado que se seguirá para llevar al cliente al destino de origen y conocer cómo puede activar el botón de pánico para solicitar apoyo en caso de que lo necesite.
Por su parte, el artículo 19 sentencia que las empresas deberán aportar a la Secretaría de Movilidad el 1.5 por ciento de cada viaje que realicen y con ese recurso se creará un Fondo de Movilidad y un fideicomiso.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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