SCJN avala que comunidades indígenas queden exentas de pagar internet
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Miércoles 13 de Enero de 2021 5:17 pm
+ -En 2017 el IFT intentó cobrar a la asociación de Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias cerca de un millón de pesos por concepto de derechos, por haber obtenido dos títulos de concesión para dar servicio de internet
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que a las comunidades indígenas no
se les debe cobrar el servicio de Internet.
Durante la
sesión de la Primera Sala de la Corte, los ministros aprobaron la propuesta de
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para declarar que los pueblos indígenas tienen
derecho a acciones afirmativas en materia de telecomunicaciones, por lo que no
es justificable que se les cobre la tarifa para acceder al servicio de
internet.
El asunto
data de 2017, luego de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
intentó cobrar a la asociación de Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias
(TIC) cerca de un millón de pesos por concepto de derechos por haber obtenido
dos títulos de concesión para dar servicio de internet a comunidades de Oaxaca.
Contra el
cobro, la TIC solicitó un amparo que le fue concedido por el Juzgado Segundo de
Distrito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica,
Radiodifusión y Telecomunicaciones.
La
impugnación del IFT llevó el asunto hasta la Corte donde hoy los ministros
dieron la razón a los pueblos indígenas.
“Existe una
obligación constitucional de asistir a los pueblos y comunidades indígenas con
acciones afirmativas tanto en las condiciones de adquisición como de operación
de las concesiones, las cuales se han regulado en su favor como sociales y de
uso indígena”, resolvió por unanimidad la Primera Sala.