Juez ordena liberar, por ahora, cuentas bloqueadas a Diana Sánchez
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Martes 06 de Abril de 2021 8:20 pm
+ -Aunque el juez le concedió la suspensión para que pueda acceder a sus recursos, no podrán ser liberadas las cuentas de las que Sánchez Barrios es representante legal
Diana Sánchez
Barrios, líder de los comerciantes ambulantes del centro de la Ciudad de México
logró que un juez federal ordene liberar, por ahora, las cuentas bancarias que
le fueron bloqueadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Manuel
Camargo, juez Décimo Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad
de México, le concedió una suspensión provisional contra el bloqueo ejecutado
por la UIF como parte de las investigaciones de las que es objeto.
“Procede la
concesión de la suspensión definitiva condicionada, para el efecto de que se
suspenda la orden de bloqueo de las cuentas bancarias a nombre de la parte
quejosa, a fin de que ésta pueda realizar operaciones financieras y disponer de
sus recursos”, señaló el juzgador.
En su demanda
de amparo, Sánchez Barrios reclamó que el pasado 10 de marzo intentó realizar
una operación financiera en línea, pero que no le fue posible concretarla
porque el sistema se lo impidió argumentando que está bloqueada.
Aunque el
juez le concedió la suspensión para que pueda acceder a sus recursos, la medida
no liberará la cuenta con la que quiso realizar la operación, pues la misma
está a nombre de una asociación civil y Sánchez Barrios solicitó el amparo como
persona física, no como representante legal de ninguna persona moral.
“El
otorgamiento de la medida cautelar no puede tener efectos de carácter generales
y proyectarse en la esfera jurídica de una persona que no tiene el carácter de
parte quejosa en este juicio de amparo, como es (…) Asociación Civil. No
obstante lo anterior que la Unidad de Inteligencia Financiera haya informado
que la directa quejosa tiene el carácter de representante de la persona
jurídica titular de la cuenta bancaria, ya que, se insiste, la demanda que
generó este juicio fue promovida por Diana Sánchez Barrios como persona física
y no en representación de la citada personal moral, ni tampoco demostró ser
beneficiaria de la cuenta", precisó el juzgador.
En su
acuerdo, el juez indicó que la suspensión tampoco será efectiva si la UIF
ejecutó el bloqueo en cumplimiento de un compromiso internacional asumido por
el Estado mexicano, o si Sánchez Barrios impidió el desarrollo de las
facultades de comprobación a través de la desaparición de su domicilio fiscal,
o si formó parte de un mandato en un proceso penal porque las cuentas sean
producto de la comisión de actos delictivos.
Al respecto,
la UIF informó que se encuentra dentro de los supuestos de excepción señalados
por el juez, lo cual informará al juzgado para mantener vigente su bloqueo.