INE pide cumplir la ley en “mañaneras” o habrá una amonestación
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Jueves 22 de Abril de 2021 9:01 pm
+ -El Instituto Nacional Electoral apercibió al Presidente para que ajuste su conducta tras el desacato a la medida cautelar, ante las próximas elecciones
El Instituto
Nacional Electoral (INE) advirtió que el presidente Andrés Manuel López Obrador
debe cumplir con la ley o será acreedor de una amonestación pública.
Con ello, el
INE apercibió al Presidente de la República para que ajuste su conducta a lo
que ha ordenado la Comisión de Quejas y Denuncias, que el pasado 19 de abril
resolvió sendas quejas presentadas por el Partido de la Revolución Democrática
(PRD) y por Movimiento Ciudadano (MC), con motivo de las declaraciones
realizadas por el jefe del Ejecutivo Federal en la conferencia de prensa
matutina del pasado 16 de abril.
“Sin embargo,
al día siguiente, durante la conferencia matutina del martes 20 de abril, el
Presidente de México volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda
gubernamental y de índole electoral, lo que motivó que en esa misma fecha se
presentara otra queja por el incumplimiento a la medida cautelar dictada por la
Comisión de Quejas un día anterior”, detalló el INE.
Agregó que
ante los hechos, este jueves la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral
(UTCE), área encargada de conocer sobre posibles incumplimientos de alguna
medida cautelar, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, consideró
que las expresiones y posicionamientos realizados por el Presidente de México
en la conferencia matutina del 20 de abril, actualizan un posible desacato a la
medida cautelar indicada, al versar sobre acciones y logros de gobierno, así
como cuestiones de índole electoral, por lo que determinó:
“Se considera
justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés
Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de
Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo
ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de
apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el
artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I,
del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral”.
La conducta
denunciada el 20 de abril, añadió el INE, se suma a otros antecedentes y quejas
presentadas por diversas fuerzas políticas. Una vez que se obtengan las
respuestas a los requerimientos descritos, se enviará el expediente a la Sala
Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a
la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de
las conductas denunciadas.