Fijan fecha para audiencia de reposición de proceso contra Borge
Foto Internet
Sábado 08 de Mayo de 2021 7:47 pm
+ -Esta sentencia deja sin efecto el auto de vinculación dictado por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, por 900 millones de pesos que se imputa al ex gobernador de Quintana Roo
El Centro de
Justicia Penal Federal en el Estado de México, radicado en Nezahualcóyotl, fijó
para el próximo 28 de mayo, la audiencia para dar cumplimiento a la sentencia
de amparo a favor del ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo,
ratificada por el Segundo Tribunal Colegiado el pasado 19 de marzo.
Esta
sentencia deja sin efecto el auto de vinculación dictado por el delito de
operaciones con recursos de procedencia ilícita, por 900 millones de pesos, que
se imputa al ex mandatario estatal dentro de la causa penal 381/ 2017 y su
acumulada 241/ 2018, además que instruye reponer el proceso que se le sigue en
el orden federal.
A Borge
Angulo se le acusa de ser coautor de un plan para, primero, enajenar y
adquirir, junto con otros funcionarios, 22 inmuebles del patrimonio
quintanarroense a precios subvaluados y después ocultarlos o intentar esconderlos
a través de familiares y amigos que sirvieron de prestanombres y empresas,
utilizando el sistema financiero mexicano, en un lapso de abril de 2011 al 25
de septiembre de 2016.
Al resolver
el amparo en revisión 555/ 2018, el Tribunal concluyó que los bienes y su
compraventa existieron y que el delito se cometió, pero resaltó que con los
elementos de prueba presentados no se acreditaba la probable participación de
Borge, por lo cual dejó insubsistente el auto de vinculación y ordenó reponer
el proceso para efectos de celebrar una nueva audiencia.
La audiencia
se celebrará a través de una videoconferencia, con Borge Angulo enlazado desde
el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial (Ceferepsi) en el estado de
Morelos, por temas de seguridad sanitaria ante la pandemia por Covid-19.
El
origen
El
antecedente de la sentencia proviene del amparo 105/ 2018-III que José López
García, abogado de Borge, interpuso el 26 de enero de 2018 en contra del auto
de vinculación dictado en su contra el 5 de enero de ese año, por el Juez de
Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia
Penal Federal en el Estado de México.
El asunto
quedó en manos del Juzgado Sexto de esa demarcación que, en audiencia
constitucional, concedió el amparo al exgobernador el 30 de julio de 2018, en
contra del auto de vinculación por el delito de operaciones con recursos de
procedencia ilícita, en la modalidad de ocultar o pretender ocultar bienes
dentro del territorio nacional, con conocimiento de que procedían de una
actividad ilícita (causa penal 381/ 2017)
Esta
modalidad de "ocultamiento" tiene que ver, según lo descrito por la
Fiscalía General de la República (FGR), con la utilización de empresas que
sirvieron de fachada -Caracol 65, Impulsora Marítima de Caribe y Siyenat del
Caribe- para ocultar o pretender ocultar los bienes adquiridos, a través del
plan del que Borge fue probable coautor.
Se trata
específicamente de dos inmuebles, uno de ellos subdividido. Los otros 19
predios no pudieron ser ocultados, pues durante la investigación ministerial
fueron asegurados, a decir de la Fiscalía.
La venta de
los 22 predios fue por 238 millones 790 mil 121 pesos, cuando su valor real era
de mil 138 millones 889 mil 540 pesos, lo que representó para Quintana Roo un
quebranto por un total de 900 millones 099 mil 418 pesos, de los cuales, 111
millones 877 mil 759 corresponden a los dos predios materia de
"ocultamiento" y 788 millones 221 mil 658 pesos, por los otros 19.
Fiscalía y
Borge se inconformaron por amparo
Inconformes
con el amparo, la FGR, a través de la Subprocuraduría Especializada en
Investigación de Delincuencia Organizada (Seido) promovió, el 15 y 21 de
noviembre, un recurso de revisión sobre la demanda y la defensa de Borge hizo
lo propio a través de un recurso adhesivo, el 24 de diciembre de 2018, el cual
fue admitido tres días después.
En el recurso
adhesivo, Borge se quejó de que el juez de amparo lo perjudicó al haber reclasificado
los hechos bajo una hipótesis delictiva distinta a la que llevó al juez de
control a dictar el auto de vinculación.
Para la
defensa del imputado, el amparo debió concederse para efectos de reponer el
procedimiento sin otorgar el auto de vinculación, pues a su criterio, no se
acredita la probable responsabilidad de Borge "ni de forma
indiciaria" como coautor del plan para la enajenación y adquisición de
inmuebles de procedencia ilícita, que después pretendió ocultar, como acusa la
Fiscalía.
La institución
también consideró que el juez de amparo erró en su lectura del caso e incluso
que se extralimitó.
En contraste,
defendió la actuación del juez que emitió el auto de vinculación, al señalar
que se basó en datos de prueba pertinentes e idóneos que en esa etapa procesal
eran suficientes para acreditar la probable responsabilidad de Borge, sin tener
que probar o demostrar las imputaciones como tal.
Los datos de
prueba logran establecer, según la Fiscalía, que Borge estuvo en posición para
ser probable coautor del esquema de compra-venta-ocultamiento.
Al atender el
caso y dos años después, el Tribunal Colegiado, el 19 de marzo pasado,
desestimó los agravios expresados por Borge y la Fiscalía; confirmó el
razonamiento del Juez Sexto a otorgar el amparo al imputado, desechó el recurso
adhesivo y determinó que el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal
Acusatoria del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México debía
dejar sin efecto el auto de vinculación del 5 de enero de 2018, correspondiente
a la causa penal 381/ 2017.
También, que
ese juzgador debía programar la fecha para la celebración de una nueva
audiencia inicial, para reponer el proceso en la fase de resolución de
vinculación, en la que se analice la posible intervención de Borge en el delito
que le es imputado "en la modalidad de adquirir bienes de cualquier
naturaleza", con conocimiento de que procedían de una actividad ilícita; y
que se funde y motive debidamente cómo participó en ese delito.