Pensión compensatoria prevé estado de indefensión: Jueza de lo Familiar
Foto de Carlos Lemus
Sábado 22 de Mayo de 2021 9:22 am
+ -La jueza del Juzgado Segundo Familiar del primer partido judicial del Poder Judicial de Colima, Benita Maricela Ramírez Fernández, señaló que la compensación económica se aplica solamente bajo el régimen de separación de bienes
La jueza del Juzgado Segundo Familiar del primer partido judicial del Poder Judicial de Colima, Benita Maricela Ramírez Fernández, señaló que la compensación económica se aplica solamente bajo el régimen de separación de bienes y se implementa para quien se haya dedicado al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos.
Explicó que la pensión alimenticia es objeto de una obligación destinada a satisfacer las necesidades del acreedor, que se otorga en forma periódica, temporal o vitalicia, y puede comprender los diversos elementos establecidos en el artículo 308 del Código Civil.
Esos son vestido, comida, habitación, atención médica y hospitalaria, y en general aquellas prestaciones necesarias para la satisfacción de las necesidades del acreedor.