IFT aprueba lineamientos que regulan el tráfico en internet
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Martes 29 de Junio de 2021 10:22 pm
+ -Garantizan la privacidad de los usuarios, la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, la no discriminación de tráfico, así como la calidad y velocidad del servicio
Por
unanimidad, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos
que regulan el tráfico en internet y la administración de la red y deben ser
cumplidos por las empresas y autorizados que dan el servicio.
Estas reglas
deberán cumplirse a partir de los dos meses tras su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Los
Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán
sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a
internet, garantizan la libre elección, la privacidad de los usuarios, la
inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, la no discriminación de tráfico
en internet, así como la calidad, capacidad y velocidad del servicio contratado
por el usuario, asegura el regulador.
"Al
tiempo que contribuyen al cierre de la brecha digital, promueven el crecimiento
del ecosistema digital e incentivan el despliegue de infraestructura; además,
contemplan elementos de transparencia y seguimiento con el objetivo de mantener
sus políticas actualizadas ante la vertiginosa evolución de las redes".
En un comunicado,
el IFT detalla que las reglas señalan que los proveedores del servicio de
internet (PSI) podrán implementar políticas de gestión de tráfico y
administración de red, por cuestiones técnicas, es decir, para asegurar la
calidad, capacidad y velocidad del servicio de acceso a internet contratado por
el usuario final, así como para preservar la integridad y seguridad de la red.
Las empresas
que den el servicio de internet deben permitir la libre elección de los
usuarios para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en
internet, evitando con ello una fragmentación del internet, es decir, acceso a
solo ciertos contenidos, aplicaciones o servicios.
"Por lo
que los proveedores no podrán limitar, degradar, restringir, discriminar,
obstruir, interferir, filtrar o bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o
servicios a los usuarios finales, salvo en situaciones indispensables (por
ejemplo, cuando existan riesgos para la red, los usuarios o sus comunicaciones,
entre otros) y esto sólo podrá hacerse de manera temporal".
Los
proveedores deben garantizar un trato no discriminatorio entre usuarios
finales, proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, tipos de tráficos
similares, así como entre el tráfico propio y el de terceros que curse por la
red de telecomunicaciones, con independencia del origen o destino de la
comunicación.
"Por lo
tanto, no podrán priorizar o dar "carriles rápidos" a contenidos,
aplicaciones y/o servicios específicos".
Las empresas
de internet no podrán inspeccionar, monitorear o alterar el contenido
específico del tráfico que transita por su red ni hacerse de información de los
usuarios finales que no sea necesaria para proveerles el servicio.
Tienen que
asegurar que el usuario pueda elegir libremente el equipo terminal para
conectarse a internet al contratar el servicio de acceso.
"En caso
de contemplar políticas de uso justo, éstas deberán aplicarse por igual a todos
los contenidos, aplicaciones y servicios, a fin de evitar prácticas
discriminatorias", indica el instituto.
Los
proveedores de internet, bajo la figura de datos patrocinados, podrán dar
acceso gratuito a los usuarios del servicio de acceso a internet, aun cuando
estos no tengan saldo o datos disponibles, a ciertos contenidos, aplicaciones o
servicios de entes públicos o entidades del sistema financiero, así como a
aquellos que permitan a los usuarios, por ejemplo, pagar o contratar sus
servicios de telecomunicaciones.
"Se
establece que los PSI publiquen los códigos de políticas de gestión de tráfico
y administración de red en sus páginas de internet, haciendo uso de un lenguaje
orientado a los usuarios finales".